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Jueces, fiscales, secretarios judiciales y Cámaras, también protagonistas del desarrollo de la mediación
MADRID, 21 de ENERO de 2014 - LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
 

En este Día Europeo de la Mediación, nos acercamos a la práctica en esta actividad de estos profesionales jurídicos

Jueces, fiscales, secretarios judiciales y expertos de las Cámaras de Comercio también tienen un sitio en la mediación como actividad extrajudicial. Con esta efeméride del Día Europeo de la Mediación, evento que se celebra en toda la Ue, a través de diversos actos, hemos querido acercarnos a estos profesionales. Se trata de profundizar en lo que es la mediación intrajudicial, la que tiene lugar en algún momento del proceso judicial, donde jueces, fiscales y secretarios judiciales tienen competencias para derivar a las partes. Las opiniones de Lourdes Arastey, presidente de Gemme España y Ernesto Casado, director de Comisión de Estudios e informes del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales (COSEJU), son muy válidas. Por otro lado, la especialización parece ser un escenario natural de la mediación. Tanto Félix Pantoja, fiscal de la Sala Social del Tribunal Supremo, como Elena Gutiérrez, letrada jefe de la Cámara de Comercio de Madrid, comentan esta situación desde su actividad diaria profesional.

Lourdes Arastey, magistrada de la Sala Social del Tribunal Supremo, es la actual presidente de GEMME ESPAÑA, asociación de jueces partidarios de la promoción de la mediación en nuestro país. Reconoce que ha habido bastantes avances del desarrollo de la mediación dentro de la carrera judicial :” En este campo la labor del CGPJ ha sido importante desarrollando experiencias pilotos en todas las jurisdicciones a través de diferentes convenios que han logrado impulsar la mediación, siempre en el campo intrajudicial”, subraya.
Para esta jurista es el momento de dar un paso más, las experiencias han funcionado y hay que pedir al Ministerio y a Comunidades Autónomas con competencias “ ene l actual entorno normativo que impulsen la figura de las unidades de mediación en el seno de los juzgados o en la nueva Oficina Judicial debería contemplarse a medio plazo”. Desde su punto de vista, que los jueces se impliquen más en la mediación depende de las garantías que les ofrezcan para que esa mediación sea un éxito “hay que darles seguridad suficiente para que lo hagan sin ningún tipo de temor “.
Esta experta participa en diversos eventos que tienen lugar sobre este Dia Europeo de la Mediación. Si ayer era ponente en una mesa sobre Jueces y Mediación, a nivel internacional, organizada por el UNED, hoy es una de las intervinientes en los actos que organiza el ICAM en su jornada de puertas abiertas. Sobre la formación del mediador, Arastey insiste en la calidad de esa formación “ habrá que ver como se articulan los programas formativos, pero en el mercado hay actividades formativas de más horas aún”, recuerda.
Le preocupa que en el Registro existan miles de mediadores sin ningún control “, es fundamental preservar la calidad de la mediación a través de buenos mediadores”, insiste. Respecto de la llamada mediación online que también se comenta en el Reglamento indica que “ tampoco es muy concreto, por desgracia, no queda bien definido lo que se entiende .Al final se centrará en procedimientos muy específicos”. añade. Desde su punto de vista, la judicatura necesita de más herramientas para derivar a mediación: “ además de las unidades de mediación citadas, un cambio legislativo que ofrezca más condiciones al juez y que la sesión informativa sea obligatoria, habría que fijarlo bien para ver que consecuencias acarrea esta medida”.

Fiscal y mediación penal
Félix Pantoja, ex vocal del CGPJ y ahora fiscal de lo social en el Tribunal Supremo, fue uno de los primeros impulsores de los programas pilotos de mediación penal y familia en nuestro país. (en la foto, primero por la derecha), Para su puesta en marcha se hizo una interpretación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal vigente y la elaboración de unos protocolos para su puesta en marcha de cara al juez, fiscal y secretario judicial para lograr al final una conformidad. “ Se trata de restaurar la situación anterior al hecho cometido delictivo tanto para el autor de ese hecho como sobre todo para la víctima”, comenta.
Y es que a juicio de este jurista el proceso penal deja bastante veces insatisfecho a las propias víctimas que no entienden su desarrollo. Hasta la fecha la mediación penal se ha centrado en delitos cometidos sobre la persona, en especial robo o violencia con peligro de su integridad física. “Realizamos las primeras experiencias pilotos en el Juzgado 20 de instrucción de Madrid, con Ramón Saénz como titular del mismo”, recuerda.
Con la mediación penal también hay un ahorro de costes; tanto a nivel policial como de testigos, además de tiempo en comparación con el proceso penal, de instrucción interminable, en determinados casos “Hemos ido avanzado poco a poco en este terreno, tanto con la colaboración de presidentes de TSJ como del propio Ministerio Fiscal y realizando proyectos pilotos en juzgados de instrucción que deseaban colaborar en este terreno, ahora Margarita Uría, anterior vocal de este CGPJ siguió con este trabajo”, indica.
Desde su punto de vista es clave desarrollarla a lo largo del proceso penal, bajo el control del juez, fiscal y abogado defensor, “ de hecho son los mediadores del proceso los que sugieren a estos la posibilidad que ese asunto se derive a mediación”, subraya. De hecho el papel del fiscal es formular la acción penal en función de cómo vaya esa mediación y si consigue restaurar ese daño, lo que es un atenuante en nuestro Código Penal. “Hay que explicar a la sociedad que en la próxima reforma penal tendrá la mediación penal más protagonismo que ahora. Debe estar dentro del proceso pena y ser pública y gratuita”; insiste.

Secretarios judiciales, futuros mediadores
Sobre mediación intrajudicial, hablamos con Ernesto Casado, responsable de la Comisión de Estudios e Informes del COSEJU (Colegio Nacional de Secretarios Judiciales) que subraya la presencia en la mediación de estos profesionales desde dos vertientes :” Podemos orientar a las partes hacia la mediación, hay que buscar otra salida a la sentencia convencional. El secretario judicial podría revisar las demandas y ver si por sus características pueden derivarse a mediación con posterioridad”.
De hecho, ya en la actualidad, es el secretario judicial quien admite las demandas, sobre todo civiles y hace ese examen jurídico. La otra posibilidad sería la intervención del propio secretario judicial como mediador, respaldado por la futura Ley Orgánica del Poder Judicial donde se recogen esas nuevas competencias de esos profesionales. “Nosotros hemos trabajado bastante la conciliación en los años atrás, solo en el año 2012 resolvimos más de 90.000 conciliaciones, más del 12 por cien de los juicios en trámite; en la jurisdicción laboral es donde está más desarrollada”; apunta. En un momento como el actual los secretarios judiciales empiezan a recibir cursos de formación para formarse como mediadores a posteriori.
Y es que la formación jurídica es un grado para poder enfrentarse a la mediación, como vemos en este reportaje, “luego hay que formarse, especializarse y conocer de forma profunda las técnicas de la mediación específicas.”. En la actualidad el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, organismo encargado de la formación de estos profesionales, ya imparte diversos seminarios sobre mediación y el acomodo de estos colectivos a esta técnica extrajudicial “nadie duda que en un momento en el que la justicia está colapsada, derivar a mediación con la ayuda de los secretarios judiciales pueda ser una opción bastante interesante”; apunta Casado.
Desde su punto de vista, tanto la Ley de Mediación Civil y Mercantil, como su Reglamento, sobre todo, se ha centrado en lo que es la mediación extrajudicial en exceso “ creo que en la llamada mediación intrajudicial hay buenos profesionales que trabajan ya, y nosotros podemos tener también un hueco en este status quo concreto”, comentó. Y nos apunta como en GEMME, asociación pro mediación de juristas, hay tres secretarios judiciales en su composición en estos momentos.

Cámaras de Comercio, mediación empresarial
Este año 2014 será el momento en el que las Cámaras de Comercio desarrollen su actividad en el campo de la mediación. En determinados foros, el propio Ministro de Justicia Ruiz-Gallardón ha elogiado el papel de estas entidades como impulsoras de la mediación empresarial: “Es una herramienta para que las empresas solventen sus controversias y no se enquiste de la manera más rápida y económica posible”, explica Elena Gutiérrez, Letrado jefe de la Cámara de Comercio de Madrid. A su juicio, la mediación es muy útil en tiempo de crisis “ hay empresas que no sobreviven a un pleito y buscan otros métodos para resolver sus conflictos”, recuerda. Problemas entre socios o conflictos que surgen en contratos de larga duración son dos de las opciones de la mediación empresarial. “Es mejor poder incluir la correspondiente cláusula de mediación en los contratos. Eso ayuda a que con posterioridad el conflicto se gestione mejor”, señala. También recuerda que en sectores económicos con pocas empresas y operadores es más lógico que mediar que tener un pleito que pueda paralizar ese sector “ así pasa en el sector energético”, comenta.
Para esta abogada, siempre es bueno tener un plan B, sobre todo si fracasa la mediación “, en estos últimos años la figura de las cláusulas escalonadas, primero te dirigen a mediación y luego a arbitraje o via judicial son bastante frecuentes de ver, especialmente en comercio internacional”, explica. Gutiérrez es más partidaria que el uso del arbitraje online tenga un perfil mixto, combinado con sesiones presenciales “ En una mediación el elemento psicológico y presencial es muy importante.
Cuesta mucho creer que una mediación electrónica sea mediación. “. Sobre la normativa aprobada que regula la mediación comenta que “ la barrera de las cien horas de formación para ser mediador puede privarnos de buenos expertos que puedan convertirse a medio plazo en mediadores”, añade. Considera que es excesiva esa carga formativa “ en mediación empresarial, es muy recomendable que el mediador sea un profesional del sector convenientemente formado. Es complicado tener ese tiempo que pide la ley para acreditarte como mediador”. Lo ve más factible en el campo civil o familiar donde hay más profesionalización de esta actividad extrajudicial. “ En el arbitraje no se necesita formación ninguna, sí acreditar una experiencia de árbitro emitiendo laudos”, finaliza.
 

 
 

 

 

 

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