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JUSTICIA

 

La última reforma concursal, cuestionada como solución para frenar la mortandad de las empresas
MADRID, 09 de SEPTIEMBRE de 2014 - LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
 

Expertos juristas analizan la repercusión que puede suponer de este Real Decreto de medidas urgentes que desde el día de ayer ya está en vigor

Desde el día de ayer y tras su publicación en el BOE el pasado sábado, está vigente la última reforma concursal a través de un Real Decreto Ley de Medidas Urgentes. Desde su aprobación en el 2003 se han sucedido las reformas de la legislación concursal, sin encontrar el punto adecuado para frenar la mortandad de las empresas, de tal forma que la gran mayoría que acudía a concurso se liquidaba. En esta oportunidad el espíritu de la reforma pretende fomentar los convenios y los acuerdos en sede concursal. Pese a la buena voluntad de este cambio normativo, expertos como Agustín Bou, socio área concursal de Jausas, Luis Cazorla, socio de Cazorla Abogados, Antonia Magdaleno, socia directora de Antonia Magdalena Abogados  no acaban de ver la idoneidad de esta modificación legislativa que es complementaria a otra reforma de la ley concursal que ahora se tramita en el Senado. Paradojas inexplicables de nuestro legislador. Nuestros expertos han hecho un primer análisis de este cambio normativo y no muestran mucho optimismo sobre la validez de dicha reforma.

Agustín Bou es el socio responsable área concursal de JausasAgustín Bou es el socio responsable área concursal de Jausas. Desde Barcelona se muestra muy crítico con esta reforma, “hace cinco meses se hizo la última y da la sensación que ésta no será la última”, comenta.  Para este experto jurista llama mucha la atención y refleja la descoordinación que tiene el legislador que aparezca en el Boletín del Senado una reforma concursal en trámite y el pasado sábado en el BOE este Real Decreto Ley de medidas urgentes.  “Nadie entiende esta forma de hacer las cosas que no genera seguridad jurídica a terceros”, comenta.  Desde su punto de vista el uso del Decreto Ley es deficiente a nivel legislativo y genera muchas dudas en su posterior interpretación. “La reforma ya ha entrado en vigor aunque en el trámite parlamentario cambiarán lo accesorio. Creo que hay un desbarajuste importante que no es bueno para nadie”, aclara.

Sobre la aplicación práctica de esta reforma nuestro interlocutor habla de los convenios, asunto que ya se encuentra en el texto del Senado “se trata de aplicar a los convenios todo el tema de las refinanciaciones preconcursales, que nos parece lógico. Sin embargo no parece muy lógico las cuatro categorías de acreedores que aparecen en la reforma “al estar mal redactado se habla de acreedores privilegiados en un momento y acreedores a secas”, avisa. En esas categorías aparecen trabajadores; instituciones financieras, administraciones públicas entre otros. “Los ganadores de esta reforma son las administraciones públicas y la Seguridad Social que aparece en cualquier compra de unidad productiva que se quiera hacer.“ Para este jurista a la citada reforma que estamos ahora valorando le falta claridad suficiente para que su aplicación práctica sea posible. Desde su punto de vista sorprende que los créditos públicos “pese a ser muchos de los principales acreedores de las empresas sigan siendo intocables.”

 

Falta de coordinación entre instituciones

Antonia MagdalenoAntonia Magdaleno, conocida experta en derecho concursal y administradora de algunos concursos mediáticos, creo su firma con su nombre hace dos años. “Se están haciendo demasiadas reformas de la ley del 2003 y menos a golpe de Real Decreto Ley sin escuchar a los expertos del sector”; comenta. Coincide con otros expertos en que se busca más el parche que la solución consolidada general. “En la anterior reforma de marzo se echaba de menos que empresas que están en situación de ir a concurso vayan a liquidación, ahora se pretende que las que están ya en concurso no acaben desapareciendo”, afirma. Como primera impresión de esta norma no le parece mal ni tiene una lectura negativa del texto de la misma “aunque me preocupa que coincida en el tiempo con otra reforma que se tramita en el Senado de forma complementaria”. Desde su punto de vista esta reforma bien utilizada si puede servir para que se frene la sangría de empresas que acaban en liquidación.  “Se puede aplicar a los convenios que ya están pactados y que se prevé que ya están incumplidos. Es lo que hizo el juez Fernández Seijo y que se llama el convenio del convenio, ahora tiene forma de ley”. Desde su punto de vista es lo más importante que recoge este cambio normativo.

Magdaleno también es consciente que los créditos públicos siguen siendo intocables, pese a que pasen diferentes reformas legislativas sobre este asunto. “Creo que por muchas reformas que se hagan nunca se tocarán”, subraya. Que este tema cambie depende a su juicio de la voluntad política existente. “Ya se hizo con los acreedores disidentes del convenio y se podía haber hecho con las propias administraciones públicas. No hay problema legal. Los créditos de las administraciones públicas no son privilegiados especiales sino generales, lo que señala que sería más sencillo realizar ese cambio”, indica. Para esta jurista, al mismo tiempo que la reforma habría que mentalizar al empresario en que no acuda tan tarde al concurso. “Este es un mal endémico que se debe evitar. Los empresarios siguen apurando hasta última hora y eso no es bueno. Deben hacer más caso a sus asesores, sobre todo expertos en derecho concursal, para no forzar tanto la máquina en este terreno”, advierte Magdaleno. Del concurso físico resalta que se vuelve a quedar fuera de este cambio normativo. “No existe voluntad política para regularlo. Venimos hablando desde hace diez años de ello pero nadie asume la responsabilidad de ponerlo en marcha”, señala.

 

Reforma precipitada, poco pensada

Luis Cazorla, socio fundador  de Cazorla AbogadosPor su parte, Luis Cazorla, socio fundador  de Cazorla Abogados y profesor doctor Titular (I) de Derecho Mercantil en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, en su valoración de esta reforma concursal diferencia la parte formal de la misma de la material o el fondo del asunto. “A nadie se le escapa que la forma que usamos para legislar no es la mejor. La propia ley concursal es el reflejo de los continuos parches a los que nuestras leyes están sometidas”, comenta. Nos recuerda que esta norma lleva una decena de reformas y en el último año otras cuatro. “Se legisla con impulsos sin mucha previsión y con una notable falta de sistemática, así tenemos lo que tenemos”, comenta. Nuestro interlocutor también ve chocante que junto con este Decreto Ley, con fuerza de ley, exista en tramitación otra reforma concursal en el Senado tramitándose que proviene del decreto del pasado mes de marzo. “Lo lógico hubiera sido que se coordinase todo para evitar esta situación tan anacrónica,“ apunta.

Respecto al fondo del asunto,  Cazorla señala que las diferentes reformas concursales nos ayudan a adaptarnos a la crisis que vivimos en los últimos años. “Los cambios introducidos pretenden ayudar a mejorar la consecución de acuerdos en sede concursal. Se busca una solución convenida y alejarnos de la liquidación desde esta reforma”. A su juicio esta reforma se aleja de elementos que ha indicado el FMI en varias ocasiones como es el asunto de los créditos públicos, tributarios y Seguridad Social que no se ven afectadas por las reformas ni se someten a las nuevas reglas del concurso, pese a que suelen ser las principales deudas en una PYME. “Se dan pequeños pasos en una buena dirección pero no los necesarios con lo cual nadie duda que tendremos más reformas en los próximos meses”, aclara. Al mismo tiempo reconoce que es necesario junto con la ley que cambie la mentalidad de los empresarios, “la empresa acude tarde al concurso y prácticamente por ello se liquida”, indica.

 

¿Bajará la mortalidad empresarial?

Preguntados nuestros entrevistados si esta reforma ayudará a mejorar la mortalidad de nuestras empresas en concurso, Agustín Bou cree que se va a incrementar más el ratio de empresas que no puedan soportar este proceso concursal. “Ahora las empresas con unidades productivas serán complicadas de colocar por el efecto sucesión en los compradores. Eso hará que empresas que se hubieran salvado lo tendrán más complicado.” Sobre el concurso para personas físicas nuestro interlocutor advierte que es complicado ponerlo en marcha quizás por presiones de la propia banca. “No creo que ésta sea la última reforma que tengamos, veremos que sucede en el trámite parlamentario”, argumenta.

En opinión de Luis Cazorla, el concurso de las personas físicas es una necesidad que se debe afrontar sin embargo “el legislador está más centrado en resolver la insolvencia empresarial que se desarrolla en un 95 por cien a través de sociedades. Las actividades de personas físicas están más centradas en actuaciones civiles privadas que a nivel empresarial”, subraya. Sobre la aplicación práctica de la reforma será complicado interpretarla analizando sus disposiciones transitorias “ se habla que la reforma se podrá aplicar a convenios ya suscritos siempre que se incumplan pero la redacción normativa no es clara!” En su opinión la reforma progresiva de esta ley lo que hace al final es que se tenga que interpretar al hilo de esa sucesión de normas de las que hablan estos expertos. “En este contexto cabe recordar el acuerdo de los jueces de lo mercantil en este sentido sobre la interpretación de la ley concursal que no se produce con esas normas”, aclara.

Para Antonia Magdaleno es posible que se reduzca algo la mortalidad empresarial con esta reforma que entró en vigor ayer. “Lo fundamental es que los abogados, personas de confianza de los empresarios asesoren a estos para que no acudan tan tarde al concurso.” Respecto al acuerdo tácito que los jueces de lo mercantil están llevando a cabo para unificar doctrina tras la reforma de marzo, nuestra interlocutora cree que este tipo de actuaciones se mantendrá a corto y medio plazo tras el nuevo cambio normativo: “Habrá que ver sobre la marcha y en la práctica si realmente esta nueva modificación legislativa es la que necesitan nuestras empresas para sanearse y seguir en la brecha.” Que la reforma funcione depende de muchos factores; de los acreedores y sobre todo del papel de la banca en este nuevo escenario. “Creo que con la reforma se les abre un nuevo horizonte mejor que la propia liquidación de la empresa,” indica.

 

 

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