La
Comunidad
de
Madrid
ha
completado,
al
margen
de
la
Ley
de
Propiedad
Horizontal,
la
regulación
que
afecta
al
funcionamiento
de
las
cerca
de
8.000
viviendas
de
uso
turístico
que
la
Administración
estima
que
existen
en
la
región.
Según
el
Colegio
Profesional
de
Administradores
de
Fincas
de
Madrid
(CAFMadrid),
el
80%
de
las
viviendas
destinadas
a
este
fin
se
encuentran
en
bloques
residenciales,
esto
es
en
comunidades
de
propietarios.
“Un
porcentaje
que
aumentará
a
medida
que
los
propietarios
decidan
transformar
sus
pisos
en
alojamientos
turísticos,
con
los
problemas
de
convivencia
que
esta
situación
puede
llegar
a
acarrear,
una
mayor
utilización
de
los
servicios
y
elementos
comunes
o
una
menor
contribución
proporcional
a
los
gastos
comunes
que
otras
viviendas
con
mismo
coeficiente
de
propiedad”,
cree
Ángel
Ignacio
Mateo,
secretario
del
CAFMadrid.
“Si
bien
es
cierto”,
prosigue,
“que
la
situación
en
las
comunidades
de
propietarios
no
ha
variado
sustancialmente
con
anterioridad
a su
regulación,
se
trata
de
un
tipo
de
alojamiento
en
alquiler
que
ya
acapara
el
50%
de
las
consultas
recibidas
en
el
Colegio”.
“Las
molestias,
sobre
todo
ruidos,
que
llegan
a
causar
los
turistas
al
resto
de
vecinos,
la
utilización
de
los
servicios
comunitarios
por
parte
de
los
clientes
(piscina,
gimnasio,
pistas
de
pádel…),
una
posible
minusvaloración
del
resto
de
los
pisos
del
edificio
o
la
disminución
de
la
seguridad,
son
algunas
de
las
cuestiones
que
más
preocupan
al
resto
de
propietarios”,
resume
Mateo.
Para
el
secretario
del
CAFMadrid,
“el
establecimiento
de
una
actividad
mercantil
en
un
edificio
en
régimen
de
propiedad
horizontal,
como
es
el
alquiler
de
una
vivienda
de
uso
turístico,
es
totalmente
legal,
pero
no
da
derecho
a
actuar
con
total
libertad
y no
respetar
los
derechos
de
la
comunidad
y
del
resto
de
comuneros,
quienes
al
ser
interesados
y
perjudicados,
debieran
previamente
autorizar
una
actividad
mercantil
que
inicialmente
no
estaba
prevista”.
Por
ello,
aunque
“es
pronto”
para
conocer
el
desarrollo
normativo
de
este
tipo
de
alojamiento
en
bloques
residenciales,
el
CAFMadrid
considera
que,
al
igual
que
la
Ley
de
Propiedad
Horizontal
se
ha
visto
modificada
por
la
Ley
de
Rehabilitación,
ésta
se
adapte
a
las
nuevas
regulaciones
de
viviendas
de
uso
turístico,
“por
ejemplo
limitando
en
su
articulado
el
número
total
de
pisos
de
uso
vacacional
que
pueden
existir
en
un
bloque
residencial
y
que,
en
todo
caso,
para
su
establecimiento
sea
preciso
el
acuerdo
de
la
Junta
de
Propietarios
”.
“Ahora
bien”,
aclara
Mateo,
“no
estamos
en
contra
de
esta
modalidad
de
alojamiento,
pero
somos
conscientes
de
los
problemas
que
plantea
para
el
normal
desarrollo
de
una
comunidad
de
propietarios,
algo
que
no
ocurre
con
los
apartamentos
turísticos
que
por
su
naturaleza
suelen
ser
edificios
completos”.
Por
todo
ello,
el
Colegio
aconseja
a
las
comunidades
de
propietarios
que
aprueben
normas
de
uso
interno
sobre
la
utilización
de
las
instalaciones
comunitarias
y
que
se
las
hagan
llegar
al
titular
de
las
viviendas
de
uso
turístico
para
que
informe
convenientemente
a
sus
clientes,
así
como
la
limitación
estatutaria
de
este
tipo
de
uso.
Asimismo,
Mateo
recomienda
a
las
comunidades
que
“extremen
la
vigilancia”
y
que
no
duden
en
denunciar
al
propietario
del
establecimiento
si,
como
exige
la
normativa,
su
negocio
no
cumple
con
los
requisitos
mínimos,
entre
ellos,
que
la
estancia
sea
inferior
a
cinco
noches
o
que
utilice
la
vivienda
como
residencia
permanente.
El
CAFMadrid
también
invita
a la
Administración
a
ser
ejemplarizante
en
sanciones
si
el
establecimiento
causa
problemas
de
convivencia
en
las
comunidades
de
propietarios,
“toda
vez
que
los
ruidos
son
el
principal
foco
de
conflicto
en
una
finca,
pero
que
no
siempre
se
pueden
solucionar
por
la
vía
de
las
actividades
molestas
que
establece
la
Ley
de
Propiedad
Horizontal
“,
señala
Mateo.
Con
todo,
esta
institución
duda
de
la
capacidad
de
la
comunidad
madrileña
para
inspeccionar
y
sancionar
a
los
titulares
de
estos
alojamientos.
“Es
muy
difícil
constatar
que
los
propietarios
no
cumplen
los
requisitos
establecidos
en
el
Real
Decreto
y
tampoco
la
comunidad
de
propietarios
puede
convertirse
en
un
detective”,
concluye
el
secretario
del
CAFMadrid. |