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OPINION

 
Google no olvida fácilmente
MADRID, 02 de OCTUBRE de 2014 - LAWYERPRESS

Por Miriam García, Abogada de Legálitas

Miriam García Abogada de LegálitasMucho se ha oído hablar del Derecho al Olvido y más desde el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 13 de mayo de 2014 que considera que determinados usuarios tienen derecho a solicitar a los motores de búsqueda de Internet, como Google, que eliminen los resultados de consultas que incluyan su nombre siempre y cuando se cumplan unas determinadas circunstancias.

Sin embargo, todo lo que se ha escuchado al respecto resulta confuso y en ocasiones hasta contradictorio: que si lo que se pretende es una censura, que si con la simple petición tenemos derecho a desaparecer de Google,.. lo cierto es que el tema es más complicado en la práctica de lo que a simple vista podría parecer.

En cualquier caso, no debemos olvidar que una parte del modelo de negocio de Google es su motor de búsquedas, y que gracias a él obtiene unos ingresos millonarios - lo cual es completamente lícito-.

Ante una petición de retirada de información a un motor de búsquedas, son varios los derechos constitucionalmente protegidos que entran en juego y que colisionan en una misma solicitud: la libertad de expresión y de información frente a los derechos a la intimidad, honor y protección de datos. Y en este caso, estamos dejando a Google que sea juez y parte en la decisión de si debe retirar o no dicha información de su índice de búsqueda.

Retomando los derechos en colisión, la pregunta aquí es cuál debe primar y cómo hacemos para llevarlo a la práctica.

El llamado “derecho al olvido” - que no es más que los derechos de cancelación y oposición contenidos en la normativa de protección de datos - lo que pretende es posibilitar a la persona afectada que pueda eliminar de internet, y en este caso relativo a Google, de los motores de búsqueda, aquella información relativa a su persona obsoleta y que le perjudica de alguna manera en sus derechos.

La ponderación de estos derechos debe hacerse caso por caso, y no podemos establecer reglas mecánicas sin entrar a valorar el fondo de asunto, como se pretende. De hecho,  esta cuestión no es baladí: quizá no seamos conscientes de la transcendencia a nivel personal que puede tener para alguien que haya en Internet una información relativa a su persona.

En ocasiones esta información puede incluso terminar afectando al libre desarrollo de su personalidad –fundamento último del orden político y de la paz social según nuestra Constitución - pues allá donde vaya, y debido a Internet,  toda persona podrá trazarse un perfil sobre su persona que, además, puede coincidir con la realidad o no, y perjudicarle seriamente.  

A diferencia de lo que ocurre en la vida “offline” esto es, fuera de Internet, donde los cotilleos se quedan en una concreta zona geográfica;  en la vida online, cualquier persona puede tener acceso a los recovecos más profundos de nuestra intimidad.

Lo que se pretende al aplicar el derecho al olvido frente a Google es, que al buscar unos datos personales – que te identifiquen o te hagan identificable –,  no aparezca información personal que ya no tiene relevancia pero que nos perjudica, algo que debería ser completamente lícito. 

En este extremo suelen oírse voces señalando como censura dicha actuación. Sin embargo, no se puede calificar como ésta cuando se trata de una información que no tiene relevancia ni trascendencia alguna para la formación de la opinión pública, se trata de personas completamente anónimas, y además, lo que en la práctica se realiza es eliminar del índice de búsquedas de Google dicha información, por lo que ese contenido continúa vigente en la página web de origen,  que no se altera y puede volverse a consultar cuantas veces se quiera;  pero, evitando el efecto multiplicador que tienen los buscadores de Internet.

Hasta hace relativamente poco tiempo -históricamente hablando- , para encontrar información uno necesitaba tirar de hemerotecas e invertir un preciado tiempo en investigar. El hecho de poder tener una cantidad ingente de información en cuestión de segundos con tan solo introducir un término en Internet podría ser perfectamente equiparable a cualquier hito histórico.  Sin embargo, el derecho siempre va un paso por detrás del avance de la sociedad.

Es propio de la naturaleza que la memoria sea efímera, pero Internet no olvida. ¿Merece alguien estar señalado toda su vida por un dato del pasado? Ni tan siquiera nuestras leyes penales tienen esa finalidad. No podemos permitir que lo que no hacen estas leyes, lo haga la sociedad de manera completamente desproporcionada.

 

 

 

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