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III sesión del Observatorio de la Presunción de Inocencia y los juicios paralelos: “Los juicios paralelos en Derecho comparado”
MADRID, 09 de OCTUBRE de 2014 - LAWYERPRESS
 

«Los juicios paralelos son una patología del derecho a la libertad de información y la  La autorregulación de los medios de comunicación no es suficiente para evitar los juicios paralelos».

El Campus universitario de Puerta de Toledo de la Universidad Carlos III de Madrid acogió el pasado lunes la tercera sesión de trabajo del Observatorio de la Presunción de inocencia y los juicios paralelos, en la que participaron prestigiosos juristas de ámbito nacional e internacional para hacer un análisis en Derecho comparado de los llamados juicios paralelos.  El acto, que fue inaugurado por el profesor y catedrático de Derecho Constitucional, Luis Aguiar de Luque, se dividió en dos mesas redondas y un debate final moderado por el presidente de la Fundación Fernando Pombo, Joaquín García-Romanillos. El profesor Bustos realizó un profundo análisis de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con los juicios paralelos, tratando de encontrar las «vías argumentativas» constantes que permitan identificar los elementos especialmente protegidos en relación con la libertad de información y los criterios del Tribunal para limitar la libertad de información.

La primera mesa redonda, moderada por el Profesor Aguiar, contó con las intervenciones de expertos de España, Francia e Italia. El primer ponente, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pompeu Fabra, Marc Carrillo, definió los juicios paralelos como «una patología del derecho a la información» que inciden en la presunción de inocencia e impiden la realización del juicio justo. Los calificó como «excrecencia» del ejercicio de la libertad de información, porque en ellos no se respetan las garantías de la diligencia informativa.

El profesor de Derecho Público de l'Université de Pau et des Pays de l'Adour en Francia, Olivier Lecuqc, llamó la atención sobre las principales respuestas jurídicas que hay en su país frente a los juicios paralelos y analizó su grado de eficacia. En Francia el derecho a la libertad de información está altamente protegido. Sin embargo, la Ley ha impuesto límites a su ejercicio previendo sanciones a los medios y a los periodistas cuando vulneran la presunción de inocencia. Estas medidas no están siendo eficaces en Francia, denunció Lecuqc, pues entre otras cosas «la presunción de inocencia no protege al inocente, sino al presunto inocente» y los juicios no siempre permiten conocer la verdad. Por su parte, el profesor Massimo Lucciani del Instituto de Derecho Público de la Università degli Studi di Roma – ‘La Sapienza’, realizó un acertado análisis los juicios paralelos como consecuencia de tres tipos de populismos: el populismo mediático, el político y el judicial, que definen las relaciones sociales en esta primera mitad del S. XXI.

La segunda mesa redonda, moderada por Joaquín García-Romanillos, contó con las intervenciones del profesor de la Universidad de Tulane (Nueva Orleans, EE.UU.), Luis Enrique Cuervo, y del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca, Rafael Bustos. Cuervo realizó una exposición muy didáctica del funcionamiento del sistema de enjuiciamiento penal estadounidense, y de cómo los principios que lo sustentan quedan afectados por los juicios paralelos. Habló, entre otros, del comúnmente conocido como ‘Scopes Monkey Trail’ (que tuvo intensa publicidad nacional) y de las herramientas con las que cuenta el juez para defender la celebración del juicio justo. El profesor Bustos realizó un profundo análisis de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con los juicios paralelos, tratando de encontrar las «vías argumentativas» constantes que permitan identificar los elementos especialmente protegidos en relación con la libertad de información y los criterios del Tribunal para limitar la libertad de información.

El Observatorio es una iniciativa de la Fundación Fernando Pombo, la Fundación Wolters Kluwer y el Instituto de Derecho Público Comparado de la Universidad Carlos III de Madrid, cuyo objetivo es generar un espacio de reflexión, estudio, investigación y debate para el mundo de la justicia, que promueva iniciativas y medidas que contribuyan a su fortalecimiento y al respeto de la presunción de inocencia, evitando los juicios paralelos. Nace de la colaboración entre las 3 instituciones y  tiene vocación de apertura, permitiendo que cualquiera otra institución de Derecho público o privado pueda adherirse al presente proyecto.

Por su parte, La Fundación Fernando Pombo, nacida en 2010 tiene como fines fundacionales la defensa y promoción de la justicia y el Estado de derecho así como de los derechos fundamentales y los valores democráticos. Su misión es la promoción y desarrollo de la responsabilidad social de la abogacía, basándose en los valores de rigor, espíritu de superación y solidaridad. Más información: www.fundacionpombo.org

Sobre el Instituto de Derecho Público Comparado de la Universidad Carlos III de Madrid, fue creado en 1997. Su objetivo es promover la reflexión, a partir del análisis comparado, sobre las estructuras jurídicas y los distintos sistemas constitucionales. Sus fines principales son la creación y consolidación de equipos científicos, la capacitación, promoción, asesoría y asistencia técnica e investigación académica acerca de los problemas a los que se enfrentan los sistemas normativos actuales. http://portal.uc3m.es/portal/page/portal/ins_derecho_publico_comparado

Por últmo, la  Fundación Wolters Kluwer, constituida en 2007, conduce la acción social del grupo Wolters Kluwer en España y desarrolla su actividad en los ámbitos de la Justicia, la Educación y el Medio Ambiente. www.fundacionwolterskluwer.es

 

 

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