«Los juicios
paralelos
son
una
patología
del
derecho
a la
libertad
de
información
y
la
La
autorregulación
de
los
medios
de
comunicación
no
es
suficiente
para
evitar
los
juicios
paralelos».
El Campus
universitario
de
Puerta
de
Toledo
de
la
Universidad
Carlos
III
de
Madrid
acogió
el
pasado
lunes
la
tercera
sesión
de
trabajo
del
Observatorio
de
la
Presunción
de
inocencia
y
los
juicios
paralelos,
en
la
que
participaron
prestigiosos
juristas
de
ámbito
nacional
e
internacional
para
hacer
un
análisis
en
Derecho
comparado
de
los
llamados
juicios
paralelos.
El
acto,
que
fue
inaugurado
por
el
profesor
y
catedrático
de
Derecho
Constitucional,
Luis
Aguiar
de
Luque,
se
dividió
en
dos
mesas
redondas
y un
debate
final
moderado
por
el
presidente
de
la
Fundación
Fernando
Pombo,
Joaquín
García-Romanillos.
El
profesor
Bustos
realizó
un
profundo
análisis
de
la
jurisprudencia
del
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
en
relación
con
los
juicios
paralelos,
tratando
de
encontrar
las
«vías
argumentativas»
constantes
que
permitan
identificar
los
elementos
especialmente
protegidos
en
relación
con
la
libertad
de
información
y
los
criterios
del
Tribunal
para
limitar
la
libertad
de
información.
La primera
mesa
redonda,
moderada
por
el
Profesor
Aguiar,
contó
con
las
intervenciones
de
expertos
de
España,
Francia
e
Italia.
El
primer
ponente,
catedrático
de
Derecho
Constitucional
de
la
Universidad
Pompeu
Fabra,
Marc
Carrillo,
definió
los
juicios
paralelos
como
«una
patología
del
derecho
a la
información»
que
inciden
en
la
presunción
de
inocencia
e
impiden
la
realización
del
juicio
justo.
Los
calificó
como
«excrecencia»
del
ejercicio
de
la
libertad
de
información,
porque
en
ellos
no
se
respetan
las
garantías
de
la
diligencia
informativa.
El profesor
de
Derecho
Público
de
l'Université
de
Pau
et
des
Pays
de
l'Adour
en
Francia,
Olivier
Lecuqc,
llamó
la
atención
sobre
las
principales
respuestas
jurídicas
que
hay
en
su
país
frente
a
los
juicios
paralelos
y
analizó
su
grado
de
eficacia.
En
Francia
el
derecho
a la
libertad
de
información
está
altamente
protegido.
Sin
embargo,
la
Ley
ha
impuesto
límites
a su
ejercicio
previendo
sanciones
a
los
medios
y a
los
periodistas
cuando
vulneran
la
presunción
de
inocencia.
Estas
medidas
no
están
siendo
eficaces
en
Francia,
denunció
Lecuqc,
pues
entre
otras
cosas
«la
presunción
de
inocencia
no
protege
al
inocente,
sino
al
presunto
inocente»
y
los
juicios
no
siempre
permiten
conocer
la
verdad.
Por
su
parte,
el
profesor
Massimo
Lucciani
del
Instituto
de
Derecho
Público
de
la
Università
degli
Studi
di
Roma
–
‘La
Sapienza’,
realizó
un
acertado
análisis
los
juicios
paralelos
como
consecuencia
de
tres
tipos
de
populismos:
el
populismo
mediático,
el
político
y el
judicial,
que
definen
las
relaciones
sociales
en
esta
primera
mitad
del
S.
XXI.
La segunda
mesa
redonda,
moderada
por
Joaquín
García-Romanillos,
contó
con
las
intervenciones
del
profesor
de
la
Universidad
de
Tulane
(Nueva
Orleans,
EE.UU.),
Luis
Enrique
Cuervo,
y
del
catedrático
de
Derecho
Constitucional
de
la
Universidad
de
Salamanca,
Rafael
Bustos.
Cuervo
realizó
una
exposición
muy
didáctica
del
funcionamiento
del
sistema
de
enjuiciamiento
penal
estadounidense,
y de
cómo
los
principios
que
lo
sustentan
quedan
afectados
por
los
juicios
paralelos.
Habló,
entre
otros,
del
comúnmente
conocido
como
‘Scopes
Monkey
Trail’
(que
tuvo
intensa
publicidad
nacional)
y de
las
herramientas
con
las
que
cuenta
el
juez
para
defender
la
celebración
del
juicio
justo.
El
profesor
Bustos
realizó
un
profundo
análisis
de
la
jurisprudencia
del
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
en
relación
con
los
juicios
paralelos,
tratando
de
encontrar
las
«vías
argumentativas»
constantes
que
permitan
identificar
los
elementos
especialmente
protegidos
en
relación
con
la
libertad
de
información
y
los
criterios
del
Tribunal
para
limitar
la
libertad
de
información.
El Observatorio
es
una
iniciativa
de
la
Fundación
Fernando
Pombo,
la
Fundación
Wolters
Kluwer
y el
Instituto
de
Derecho
Público
Comparado
de
la
Universidad
Carlos
III
de
Madrid,
cuyo
objetivo
es
generar
un
espacio
de
reflexión,
estudio,
investigación
y
debate
para
el
mundo
de
la
justicia,
que
promueva
iniciativas
y
medidas
que
contribuyan
a su
fortalecimiento
y al
respeto
de
la
presunción
de
inocencia,
evitando
los
juicios
paralelos.
Nace
de
la
colaboración
entre
las
3
instituciones
y
tiene
vocación
de
apertura,
permitiendo
que
cualquiera
otra
institución
de
Derecho
público
o
privado
pueda
adherirse
al
presente
proyecto.
Por su
parte,
La
Fundación
Fernando
Pombo,
nacida
en
2010
tiene
como
fines
fundacionales
la
defensa
y
promoción
de
la
justicia
y el
Estado
de
derecho
así
como
de
los
derechos
fundamentales
y
los
valores
democráticos.
Su
misión
es
la
promoción
y
desarrollo
de
la
responsabilidad
social
de
la
abogacía,
basándose
en
los
valores
de
rigor,
espíritu
de
superación
y
solidaridad.
Más
información:
www.fundacionpombo.org
Sobre el
Instituto
de
Derecho
Público
Comparado
de la
Universidad
Carlos
III
de
Madrid,
fue
creado
en
1997.
Su
objetivo
es
promover
la
reflexión,
a
partir
del
análisis
comparado,
sobre
las
estructuras
jurídicas
y
los
distintos
sistemas
constitucionales.
Sus
fines
principales
son
la
creación
y
consolidación
de
equipos
científicos,
la
capacitación,
promoción,
asesoría
y
asistencia
técnica
e
investigación
académica
acerca
de
los
problemas
a
los
que
se
enfrentan
los
sistemas
normativos
actuales.
http://portal.uc3m.es/portal/page/portal/ins_derecho_publico_comparado
Por últmo,
la
Fundación
Wolters
Kluwer,
constituida
en
2007,
conduce
la
acción
social
del
grupo
Wolters
Kluwer
en
España
y
desarrolla
su
actividad
en
los
ámbitos
de
la
Justicia,
la
Educación
y el
Medio
Ambiente.
www.fundacionwolterskluwer.es |