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JUSTICIA

 
El CGPJ forma a 31 magistrados de Salas de Gobierno de TSJ como Delegados de Igualdad y Prevención
MADRID, 10 de NOVIEMBRE de 2014 - LAWYERPRESS / Comisión Igualdad del CGPJ especial para LawyerpressEmprende
 

Primeras jornadas de formación en materia de acoso impulsada por la Comisión de Igualdad del propio CGPJ

Como ya anticipaba nuestra publicación hace unos días, http://goo.gl/3NThhL, es intención del CGPJ frenar cualquier iniciativa de acoso laboral o sexual en la carrera judicial. Durante los días 3 y 4 de noviembre se han celebrado en el Salón de ActosClara Campoamor del centro de formación continua del CGPJ, las primeras jornadas de formación especializada en materia de acoso a las que han asistido un total de 31 magistrados y magistradas miembros de Salas de Gobierno de los distintos Tribunales Superiores de Justicia que han sido designados/as como Delegados/as de Igualdad y de Prevención, y se han dirigido por los/as Vocales de la Comisión de Igualdad, Clara Martínez de Careaga García, quien la preside, Rafael Mozo Muelas y Pilar Sepúlveda García de la Torre, y de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, Juan Martínez Moya, que la preside y Concepción Sáez Rodríguez. Las jornadas fueron coordinadas por las Letradas del CGPJ, Pilar Llop y Carmen Renedo.

 

A las jornadas acudieron las Diputadas Carmen Quintanilla y Carmen Montón, Presidenta y Portavoz de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados; la Directora General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades Carmen Plaza; la Consejera del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, que también es Presidenta de la Comisión de Igualdad de dicho organismo; las magistradas del Tribunal Supremo Lourdes Arastey y Ana Ferrer; la Psicóloga Rocío Gómez Hermoso y la magistrada Mercedes Sancha.

También formaron parte de las mesas redondas sobre perspectiva laboral del acoso y visión de las Asociaciones Judiciales, los/as magistrados/as que integran la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad de la Carrera Judicial (Fernando Lousada, Ana Orellana, Inmaculada Montalbán, Concepción Rodríguez González del Real, Victoria Rosell Aguilar, Carmen Delgado Echebarria) y por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud asistieron José Ramón Solís, Ignacio de Torres y Antonio Cervera. Durante las jornadas se ofreció una visión integral del fenómeno del acoso tanto sexual como por razón de sexo, discriminatorio y laboral, su tratamiento desde la perspectiva multidisciplinar y cómo las instituciones y el legislador de la Unión Europea y el nacional, han ido perfilando la figura del acoso y la previsión de mecanismos para su prevención como los protocolos antiacoso.

La LOIMH define en su título primero los conceptos y categorías jurídicas básicas relativas a la igualdad, como las de discriminación directa e indirecta, acoso sexual y acoso por razón de sexo, y acciones positivas. La Ley ha integrado, de este modo, las indicaciones de las Directivas 2002/73/CE, de reforma de la Directiva 76/207/CEE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al

empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo; y la Directiva 2004/113/CE, sobre aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios y su suministro.- Asimismo, determina las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias e incorpora garantías de carácter procesal para reforzar la protección judicial del derecho de igualdad.

En el Título IV la LOIMH se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, incorporando medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo. Se incluye además, entre los derechos laborales de los trabajadores y las trabajadoras, la protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.

 

Negociacion sindical protocolo de actuación

Concretamente el artículo 62 de la LOIMH regula los protocolos de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, de modo que para su prevención, las Administraciones públicas negociarán con la representación legal de las trabajadoras y trabajadores, un instrumento de estas características.

En cumplimiento del artículo 62 de la ley, del Plan de Igualdad de la Carrera Judicial aprobado por el Pleno de 14 de febrero de 2013, y las Conclusiones de Jornadas de Cargos Gubernativos de 24 de julio de 2013 y la más reciente de 4 de junio de 2014, que vienen a corroborar esta necesidad, se ha elaborado en el seno de la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad de la Carrera Judicial y de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, un borrador de protocolo anti-acoso.

La finalidad fundamental de las jornadas ha sido difundir los principios del protocolo y del fenómeno del acoso en el ámbito judicial, a fin de formar a los/as delegados de igualdad y de prevención de las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, que asumirán importantes funciones para las que requerirán específicos conocimientos.

A lo largo de las jornadas se han puesto en común las cuestiones que resultaron más relevantes como la figura del /de la asesor/a confidencial y la prevención primaria, secundaria y terciaria.

El borrador del protocolo elaborado por los/as representantes de todas las Asociaciones Judiciales y expertos/as de las Comisiones involucradas, se ha remitido a las presidencias de los Tribunales Superiores de Justicia a fin de que realicen alegaciones al mismo con el objetivo de que sea un documento consensuado por la Carrera Judicial y que refleje el compromiso de Tolerancia Cero por parte del órgano de gobierno de jueces/zas y magistrados/as a estas conductas indeseables.

 

 

 

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