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Martin Godino, socio director de Sagardoy Abogados y Presidente de Asnala:
“Urge una reforma a fondo de la contratación laboral en nuestro país”
MADRID, 12 de NOVIEMBRE de 2014 - LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
 

Martin Godino, socio director de Sagardoy Abogados y Presidente de AsnalaAl hilo del XV Congreso de ASNALA, Asociación Nacional de Abogados Laboralistas, que empieza mañana en Almería y que como todos los años reunirá a los principales expertos en derecho laboral del país, hemos querido conocer la impresión de Martin Godino, socio director de Sagardoy Abogados y Presidente de esta entidad, de la situación actual de nuestro país. A lo largo de esta conversación pasamos revista a la reforma laboral y a la recomendación de Bruselas sobre romper la dualidad entre trabajadores temporales e indefinidos. También hablamos de los efectos de la reforma laboral en la flexibilidad interna y externa de las empresas y de los problemas de las empresas a la hora de evitar la nulidad de los expedientes de regulación de empleo colectivos. “Al final este escenario genera mucha inseguridad jurídica para las empresas. Por mucho que quieras ceñirte al procedimiento es posible que falte un documento o que la llamada configuración de grupo de empresas se tome como elemento de nulidad. Ahora estamos en tasas de nulidad de despidos colectivos que rondan el 50 por ciento”, comenta Godino. Para este experto en derecho laboral, la reforma pendiente que queda en nuestro país es la de la contratación laboral “Habría que abordar sobre todo el tema de la contratación laboral porque en esta materia no se ha hecho reforma.  La reducción de contratos que se anunció por parte del Gobierno quedó en una cuestión cosmética pero no se fue al fondo de la temporalidad ni a sus modalidades” advierte.

En primera persona

“Reconozco que cuando pensamos en un título para este Congreso de nuestra entidad, Asnala, que empieza mañana en Almería, hubo cierta discusión en la Junta Directiva de la entidad porque no todos veían que estábamos en un entorno de recuperación económica. Sin embargo los datos económicos han mejorado, otra cosa es la velocidad de crucero de esta recuperación.

En este entorno, creemos que el Derecho del Trabajo tiene que seguir jugando un papel importante en nuestra economía. En este Congreso queremos analizar algunos aspectos clave del contrato de trabajo. Así el evento se inicia con una ponencia sobre la contratación a tiempo parcial que imparte Antonio Sempere,  Magistrado de la sala Social del Tribunal Supremo. Nadie duda que en cualquier país de Europa, pese a su polémica, ha servido para hacer crecer el empleo.

Otro momento clave de este Congreso es la mesa redonda que se vertebra sobre la estructura de la contratación y si es posible corregir este modelo con tasas de temporalidad muy altas y si es posible alcanzar el llamado contrato único. Aquí participarán Román Gil; Miguel Cardoso, economista jefe BBVA; Sofía Olarte, catedrática derecho del trabajo y SS de la Universidad de Granada y Mari Luz Rodríguez, ex secretaria de empleo con Zapatero y hoy, profesora del Derecho del Trabajo.

Además de la contratación laboral, abordaremos las dificultades técnicas en los despidos colectivos, avaladas por las nulidades que los jueces de lo social plantean a la mayor parte de estos expedientes de regulación de empleo donde Ana María Orellana, Magistrada de lo Social de la Junta de Andalucía será la ponente.

Creo que ASNALA es una asociación consolidada y de prestigio en su sector. Cuenta en la actualidad con 420 socios, casi todos abogados laboralistas con a su vez graduados sociales y personalidades del mundo académico. Su gran valor es su implantación plural, tanto a nivel territorial como en cuanto a la dedicación de los abogados. Convivimos sin problemas los abogados de empresa con los de sindicatos.

Este año el Congreso sirve para entregar, como se hace todos los años, el premio al laboralista del año que lo recibirá Alfredo Montoya, Catedrático del Derecho del Trabajo, maestro de generaciones de laboralistas  y con un amplio currículum a sus espaldas. Al mismo tiempo se elegirá al nuevo presidente, cargo para el que un servidor se ha vuelto a presentar como única candidatura. Creo que con estos tres años que vienen será suficiente “

 

Sr. Godino, ¿le ha sorprendido que Bruselas haya dado un tirón de orejas al Gobierno español resaltando que los trabajadores temporales han sufrido más la crisis económica que los indefinidos?

Este mensaje que llega desde Bruselas tiene una parte de verdad. Nadie duda que se ha generado una devaluación de las condiciones de trabajo por motivo de la crisis. Es posible que esta devaluación haya tocado suelo. Ya no se puede seguir compitiendo en salarios más bajos.

Nos hemos quedado en una situación de costes por debajo de los países europeos y lo que señala este informe europeo es que el peso de la crisis lo ha vuelto a soportar los trabajadores temporales precarios. Primero, en términos de pérdida de empleo, de hecho los primeros empleos que se destruyeron en los años 2008 y 2009 fueron temporales.

Ahora hay una franja de trabajadores con contrato fijo que capean la crisis y un colchón de un 25 por ciento de trabajadores temporales cuyas contrataciones se han deteriorado bastante.

De hecho este es uno de los debates que impulsamos en el Congreso, en mi opinión la reforma que se ha hecho sobre flexibilidad interna e incluso externa está concluida y hay que dejarla andar. Pero el debate sobre la estructura de la contratación temporal indefinida no está concluido aún.

 

¿Llegar al contrato único que algunos colegas suyos han reclamado es posible en estos tiempos de crisis?

Es muy difícil llegar al contrato único y romper la dualidad del mercado laboral. Cuando se habla del mismo se trata de saber si la extinción de los contratos temporales o indefinidos deben tener un trato homogéneo. Y es que es posible que se tenga que trabajar para que los costes económicos y sociales de la finalización de estos contratos sean diferentes.

Posiblemente lo que habría que establecer es normas que protejan a los trabajadores temporales frente a la extinción de contrato en términos parecidos que a los contratados de forma indefinida.  Hasta la fecha siempre que hay un despido colectivo se da por hecho que una parte de la que se prescinde son trabajadores temporales y luego hay que negociar sobre los indefinidos.  No debería ser así siempre.

Hay que luchar por romper esta dualidad y no perpetuar este modelo donde la mayor parte de los contratados temporalmente son gente joven. Se trata de superar este esquema para que los más jóvenes puedan acceder a un puesto de trabajo estable.

 

¿Entonces, tal y como aconseja Bruselas, es partidario de una nueva reforma laboral?

Habría que abordar sobre todo el tema de la contratación laboral porque en esta materia no se ha hecho reforma.  La reducción de contratos que se anunció por parte del Gobierno quedó en una cuestión cosmética pero no se fue al fondo de la temporalidad ni a sus modalidades.

En materia de condiciones laborales, movilidad geográfica y despidos creo que la reforma ya está hecha y hay que dejarla tiempo para ver sus efectos pero en materia de contratación no se ha hecho ninguna reforma prácticamente.

 

Hemos roto ya con el tópico que decía que era más fácil despedir a un trabajador que recolocarlo en otra parte de la empresa.

Creo que ya nos podemos olvidar de este comentario. Quizás esta sea la parte, la de la flexibilidad, que ha funcionado mejor de toda la reforma laboral.

El volumen de empresas que han acometido este tipo de mecanismos internos, incluido rebajas salariales, ha sido muy notable, al igual que la propia reducción de jornada en expedientes de regulación que las empresas han acometido.

 

Sin embargo, a nivel de expedientes colectivos, la reforma sigue contando con la intervención de los jueces, cuando planteaba otro escenario diferente.

Es cierto, la interpretación que hace muchos jueces y tribunales sobre los despidos colectivos va más allá de lo que dice la ley.  Cuando en la propia norma la nulidad del despido es una excepción para supuestos muy extremos, no obstante nos hemos encontrado en muchas sentencias como que esa nulidad se ha convertido en un cajón infinito de supuestos.

Al final este escenario genera mucha inseguridad jurídica para las empresas. Por mucho que quieras ceñirte al procedimiento es posible que falte un documento  o que la llamada configuración de grupo de empresas se tome como elemento de nulidad. Ahora estamos en tasas de nulidad de despidos colectivos que rondan el 50 por ciento.

 

Colegas suyos comentaban en otros foros la necesidad de que el Tribunal Supremo y su Sala Social crearan una jurisprudencia clara sobre este asunto.

Sería lo suyo. Es fundamental que las empresas vean que hay seguridad jurídica cuando quieren poner en marcha determinadas actuaciones.  Sobre todo saber cómo hay que gestionar los expedientes de despido colectivo para que no sean nulos.

El debate no está en si hay causa o no, que sería lo lógico; hay pocos pronunciamientos de fondo mientras que las nulidades son por razones de forma. Cuesta mucho explicar en empresas multinacionales lo que sucede en este contexto.

 

Otra de las caras de esta reforma laboral es la saturación de los juzgados. Da la sensación que el legislador no tuvo en cuenta que estos cambios iban a crear más litigiosidad.

Era lógico que iba a pasar lo que está pasando. Tenga en cuenta que a raíz de la reforma laboral del 2012 el número de materias que se incluyen en la legislación laboral son bastante más que antes. Se calcula que se han incrementado las competencias entre un 30 y un 40 por ciento.

 Esta situación con la misma planta judicial ha producido lo que estamos sufriendo. La verdad que ya se veía venir con la reforma de la ley de la Jurisdicción Social de 20111 que atribuye más competencias a la jurisdicción social.

Ahora se anuncian la creación de nuevos juzgados en el ámbito social pero ya es tarde. Hay que darse cuenta que en esta jurisdicción el tiempo de respuesta es fundamental. Un despido que se resuelva cuatro años después no es de recibo.

 

Es curioso que tampoco en este contexto de litigiosidad la mediación en el ámbito laboral ha cuajado, pese a que podría tener un enclave más natural.

Es curioso porque las mediaciones que se han gestionado desde el SIMA han crecido exponencialmente estos años. De todas formas, como antes le comentaba es muy complicado que la mediación pudiera absolver una parte de todas las nuevas competencias laborales.

En el plano laboral, siempre se ha pensado que la solución laboral era rápida y la más justa tanto para los trabajadores como para las empresas. Esta es la principal razón de la no implantación de la mediación hasta la fecha: la jurisdicción social funcionaba bien

 

Sin embargo, parece que aún estamos a tiempo para derivar asuntos a mediación, no?

No crea que es tan fácil. Ahora la función de conciliación se atribuye al secretario judicial, que creo ha sido un error a mi modo de ver. Esta mediad ha empeorado la eficacia de la conciliación como figura.

Ante una sobrecarga de asuntos esta medida ha perdido eficacia. Para que el juez pueda hacer esa labor tendría que conocer el asunto antes del pleito, leer bien y conocer lo que se está discutiendo. Pero mientras exista esa sobrecarga el juez no tendrá tiempo para este tipo de asuntos.

 

El otro gran fenómeno junto con la reforma laboral ha sido el emprendimiento, apoyado por una ley específica. ¿Realmente van a solucionar los problemas del país los emprendedores?

La idea del emprendimiento es favorable y las estadísticas reflejan un incremento de los autónomos que es el vehículo donde se ve esa labor de emprendimiento.

Es bueno que se favorezca este tipo de emprendimiento, es posible que faltase hasta hace poco estímulos para que la gente joven pudiera montar su negocio. Dicho esto hay que darse cuenta que no es la panacea para sustituir la contratación por cuenta ajena.

En algún foro último en el que he intervenido con economistas relevantes se ha puesto de manifiesto que nuestras empresas siguen siendo muy pequeñas. Tenemos algunas grandes corporaciones pero nos falta el tamaño de otros países a nivel general de empresa entre 500 y 1000 trabajadores. Este tejido en España no lo tenemos.

 

Finalizamos Sr. Godino. ¿Dónde ve la clave para que nuestra tasa de paro ahora en un 24 por ciento se equipare a la europea del 11 por cien?

Ya lo dice mi maestro Sagardoy, las leyes laborales  por si solas no generan empleo. Necesitamos un clima de mejora empresarial que ayude a mejorar nuestro empleo. Al mismo tiempo es fundamental que aflore la economía sumergida, importante en nuestro PIB y un dinero que vendría bien para la recuperación económica.

Otro elemento que cuesta mucho a las empresas es su facilidad para incrementar o reducir trabajadores con más celeridad. Es posible que el empresario español haya cogido miedo a la contratación.

En la medida que fluya la confianza empresarial esa brecha con respecto a Europa en materia de paro irá desapareciendo. También ayudará la estabilidad política del país. Tengo la impresión que la contratación de empresas sigue muy contraída y mientras este tema no se solucione no avanzaremos.

 

 

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