Navas & Cusí denuncia
ante
el
Parlamento
Europeo
la
pasividad
de
la
Comisión
ante
la
desprotección
del
consumidor
hipotecario
español
El despacho
Navas
&
Cusí
presentó
este
jueves
una
petición
ante
la
comisión
de
peticiones
del
Parlamento
Europeo.
En
ella
manifiesta
su
malestar
porque
pasados
dos
años
y
medio
desde
la
jurisprudencia
del TJUE
en
el
asunto
Banesto,
la
Comisión
no
ha
abierto
un
procedimiento
de
infracción
contra
España:
“ni
siquiera
exista
una
carta
de
apercibimiento”,
señala
el
socio-director
de
Navas
&
Cusí,
Juan
Ignacio
Navas.
En mayo de 2013 el
despacho
Navas
&
Cusí
denunció
mediante
una
extensa
Queja
ante
la
Comisión
Europea
los
incumplimientos
de
España
de
la
legislación
comunitaria
en
materia
de
defensa
del
consumidor
de
productos
financieros.
Dicha
denuncia
fue
incorporada
al
procedimiento
de
infracción
iniciado
de
oficio
por
la
Comisión.
“Entendemos
que
existen
resistencias
internas
dentro
de
la
propia
Comisión
incompatibles
con
la
posición
de
firmeza
mostrada
por
el
Tribunal
de
Luxemburgo
(TJUE)
ante
las
carencias
de
la
legislación
española”,
denuncia
Navas.
En efecto, en año y
medio
Luxemburgo
ha
admitido
20
casos
de
abusos
o
malas
praxis
por
parte
de
las
entidades
financieras
españolas.
“La
Ley
1/2013
sigue
siendo
incompatible
con
el
Derecho
de
la
Unión
Europea
y
con
las
Sentencias
Banesto,
Aziz
y
Sánchez
Morcillo
del
TJUE”,
denuncia
la
petición.
En concreto, el texto
pregunta
si
los
artículos
552
(1),
556,
561
(3),
698
et
721,
812,
815
(2)
et
(818)
(1)
de
la
Ley
de
Enjuicimiento
Civil
(LEC)
y la
Disposición
Adicional
1ª y
4ª
de
la
Ley
1/2013
son
compatibles
con
los
artículos
3
(1),
4
(1),
5, 6
(1),
7
(1)
de
la
directiva
93/13/CEE
contra
las
cláusulas
abusivas
y al
principio
de
efectividad
en
la
protección
del
consumidor.
“El procedimiento
civil
de
ejecución
no
obliga
al
juez
a
verificar
siempre
y de
oficio
la
posible
abusividad
y
sobre
todo,
no
permite
al
juez
adoptar
medidas
cautelares
para
suspender
de
oficio
y a
tiempo
la
ejecución
inmobiliaria”,
señala
la
petición
ante
el
Parlamento
Europeo.
“En
resumen:
la
aplicación
nacional
de
estas
sentencias
ha
sido
parcial
e
incompleta,
oportunista
y
simple;
advertimos
de
la
posibilidad
de
forzar
más
cuestiones
prejudiciales
a
Luxemburgo
en
aplicación
de
la
primacía
y
efectividad
del
derecho
europeo”,
concluye
Navas.
Navas & Cusí también
lamenta
que
el
Tribunal
Supremo
haya
negado
la
posibilidad
de
recurrir
retroactivamente
la
abusividad en sentencia de 10 de mayo de 2013.
“¿Que
piensa
la
Comisión
de
que
el
Tribunal
Supremo,
está
obligado
a
elevar
una
cuestión
prejudicial
en
interpretación
ante
el
TJUE
según
los
términos
del
artículo
267
del
TFUE,
haya
establecido
la
no
retroactividad
de
la
nulidad
de
las
cláusulas
abusivas
infringiendo
esa
disposición?”,
pregunta
la
petición,
quien
también
denuncia
“la
plena
vigencia
de
las
cláusulas
abusivas”
en
los
deudores
no
litigantes,
un
90%,
según
cálculos
de
las
propias
entidades
financieras.
“Este asunto es clave:
se
parchea
a
futuro;
pero,
¿y
el
pasado?,
¿por
qué
no
se
corrigen
los
errores
del
pasado?,
¿a
quién
beneficia
mantener
las
cosas
mal
hechas?
A
los
consumidores,
no;
pero
a
las
entidades,
en
el
fondo,
tampoco”,
concluye
Navas,
quien
espera
que
el
Parlamento
Europeo
sea
capaz
de
desbloquear
las
resistencias
de
la
Comisión.
Texto
de
la
Petición |