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29 de MAYO de 2015

Jueces y Fiscales, pendientes de que el nuevo Código Penal impulse la mediación penal como práctica útil

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

 

Será el próximo 1 de julio cuando entre el vigor la nueva reforma del Código Penal. Una normativa que modifica cerca de 300 artículos, cuestión que ha justificado el ministro de Justicia, Rafael Catalá por la necesidad de dar una respuesta contundente a los nuevos delitos. Esta reforma que santifica la prisión permanente revisable y modifica la responsabilidad penal de las personas jurídicas, también habla de la mediación penal en su articulado. Una herramienta que hasta ahora, con el escaso apoyo legislativo que ha tenido, ha servido para pacificar conflictos menores. Hace unos días se ha celebrado en el Centro de Estudios Juan del Rosal de Madrid un programa formativo donde se habló de las víctimas en el proceso penal y su protección.  Dentro de esta  sesión formativa r Virginia Domingo experta en justicia restaurativa y mediación penal, además de miembro de GEMME, coordinadora del servicio de mediación penal de Castilla y León y también presidenta del Instituto de Justicia Restaurativa-AMEPAX. Presidenta de la primera entidad creada en España destinada al estudio, investigación y asesoramiento en justicia restaurativa, Sociedad Científica de Justicia Restaurativa impartió un módulo sobre esta práctica de la mediación penal a  fiscales de toda España. Hemos aprovechado esta oportunidad para hablar con los protagonistas; la propia Virginia, Teresa Gisbert, fiscal jefe de Valencia y Manuel Moix, fiscal jefe de Madrid asistentes al curso y con Vicente Magro, Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, desde donde se llevan haciendo mediaciones penales desde hace años.

Virginia DomingoVirginia Domingo, ha sido la formadora de este módulo sobre Justicia Restaurativa y Mediación Penal  donde se ha hablado de la transposición de la directiva sobre la víctima donde hay un módulo sobre justicia restaurativa. “Creo que los fiscales han entendido muy bien que la justicia restaurativa es uno de los derechos de las víctimas. Hay que darse cuenta que el propio concepto de justicia restaurativa es más amplio que el de mediación penal. Se trata de que el infractor se responsabiliza de lo que ha hecho y luego restaña ese daño a la víctima, situación en la que a veces terceros se muestran implicados y participan”, indica. Esta experta nos señala que ya se están haciendo diferentes actividades en algunos lugares del país. “La derivación a mediación pueden hacerla fiscal o juez pero incluso las víctimas, como derecho que tienen también podrían hacerlo”, subraya. Sin embargo, a falta de una regulación más amplia está todo en el aire.

El concepto de víctima en estas actividades se amplia “ya en la directiva europea y en el propio Estatuto de la Víctima se habla de víctimas directas e indirectas, algunos de ellos familiares , lo que hace que se refuerce el concepto de justicia restaurativa”. Este tipo de iniciativas parece claro su uso en delitos leves, como injurias o riñas “se llega a un acuerdo y se archivaría el proceso. Sin embargo nada impide que se pueda trasladar a delitos más graves su práctica. En estos momentos, y a falta de una regulación más específica los fiscales están por la labor de analizar cada caso concreto para ver su viabilidad en mediación penal. Para esta experta los servicios de justicia restaurativa deben ser públicos, gratuitos y estables. “Ahora hay que ver cómo se va a desarrollar en el futuro Código Penal que entra en vigor el próximo 1 de julio”, aclara. De su trato con los propios fiscales en este curso observa su predisposición a colaborar en estos procedimientos y a derivar en mediación penal.

Manuel Moix, fiscal superior de MadridManuel Moix, fiscal superior de Madrid, a la espera de su promoción al Tribunal Supremo tras la propuesta hecha por la FGE al Consejo de Ministros, fue otro de los asistentes a este interesante curso. Desde su punto de vista los fiscales conocen la mediación penal y esta necesita de un marco jurídico estable para desarrollarse. “De tal manera que el Fiscal conozca qué entidades se dedican a la mediación, donde operan, que capacidad tienen, qué labor realizan, si sólo mediación penal o también civil o si abarcan la justicia restaurativa y qué acreditación tienen los mediadores para actuar como tales”. Reconoce que hay muchas asociaciones que se presentan como expertas en mediación penal pero solo con aquellas que lo acreditan se ponen en marcha determinados proyectos.

Sensibilizar a jueces y fiscales

Sobre un mejor desarrollo de la mediación penal, además del marco legislativo Moix señala que “es importante sensibilizar a Jueces, Secretarios y Fiscales, de la importancia de esta herramienta para minimizar lo máximo posible el impacto que en una víctima ha tenido el delito. Y, de la posibilidad de que, a través de este proceso el propio autor del hecho criminal interiorice que su conducta ha sido mala, y que se responsabilice del hecho y asuma que no puede repetirlo”. A su juicio fiscal y juez no deben intervenir en la mediación  “El Fiscal, a su vez, puede señalar que posibles  ventajas punitivas podría obtener el autor del delito, en caso de prosperar  la mediación y, en función de lo que el autor del hecho haya asumido: reconocimiento del hecho, reparación patrimonial y moral del daño, petición  de perdón, etc. Para este jurista no es solo la reforma jurídica para impulsar esta práctica sino como nos ha contado crear un contexto estable donde se desarrolle la propia mediación penal.

Teresa Gisbert, Fiscal Jefe de ValenciaOtro de los fiscales asistentes a este curso sobre Justicia Restaurativa y Mediación Penal es Teresa Gisbert, Fiscal Jefe de Valencia, quien hace una valoración positiva del mismo: “es un avance este tipo de formación, que se puede desarrollar en el nuevo Estatuto de la Víctima donde creo que se ha olvidado resaltar el papel del fiscal en su relación con la propia víctima”; explica. A su juicio la mediación penal tiene el objetivo de lograr la satisfacción moral de la víctima sin perjuicio que se logren otros beneficios añadidos. “Creo que la aplicación de la mediación penal con el apoyo de los fiscales puede ser uno de los elementos mejores para la defensa de las víctimas”. Ahora, con esta figura, tienen más protagonismo en el procedimiento, papel que antes no tenían. “Ya es el momento que el derecho penal de adultos copie algún elemento de la legislación de menores”, advierte nuestra entrevistada muchos años coordinadora de menores de la fiscalía en Valencia.

Para esta experta es necesario un impulso legislativo para colocar a la mediación penal en el sitio que le corresponde. “Al mismo tiempo hay que darse cuenta que la mediación penal no es un alternativa al procedimiento, sino que en algunas ocasiones puede ser complementaria con el propio procedimiento. Se trata de que la víctima, al margen de la condena logre esa satisfacción y resarcimiento”, resalta. En este contexto y en todos los proyectos pilotos que se están poniendo en marcha el fiscal es clave al contactar con los abogados de las partes y explicarles la posibilidad que puede haber de mediación penal. “Es clave que el abogado se implique y le explique a su cliente que puede entrar en este proceso de mediación”, aclara. Sobre la aplicación a los grandes delitos reconoce que aún falta cultura para poder implantar esa práctica a ese nuevo entorno “faltan mecanismos legales para lograrlo aunque creo que la implantación de la mediación penal es imparable”. Respecto a la clave para que la mediación penal arraigue en nuestro país pasa por que la instrucción de los procedimientos la lleve el Ministerio Fiscal y “que se incorpore un principio de oportunidad reglado donde el fiscal valorase qué asuntos se pueden llevar a mediación y así el interés de la víctima estaría por encima del de la sociedad a nivel condenatorio”, subraya.

Jueces que ya practican mediación penal

Vicente Magro, presidente de la Audiencia Provincial de AlicanteVicente Magro, presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, lleva algunos años impulsando la mediación penal desde una Oficina creada en esta institución. “Este protocolo de mediación penal lo llevamos aplicando desde el 2007, ahora extendida a los juzgados de lo penal y a los de instrucción” aclara. Esta práctica se centra en delitos patrimoniales, alzamiento de bienes o delitos de robo o de lesiones. El porcentaje de acuerdo que se está logrando es del 57 por ciento reparando el daño a las víctimas del delito. “Extenderlo a la instrucción ha sido con la intención de que los propios jueces puedan valorar si se puede llegar a ese acuerdo, al final acaban viniendo a la Oficina de Mediación de la propia Audiencia Provincial donde se cierran esos acuerdos. “El acuerdo de mediación lo revisa la fiscalía y éste concluye en una sentencia de conformidad donde el infractor abona la responsabilidad civil lo que hace que la pena sea menor en la citada sentencia.”, apunta Magro.

Sobre las ventajas de esta práctica nuestro interlocutor recuerda que las víctimas no quieren ir a juicio, lo que quieren es cobrar los prejuicios que han sufrido “ La mediación penal viene recogida en algunos artículos del nuevo Código Penal que entrará en vigor el próximo 1 de julio. Lo más lógico sería crear una ley de mediación penal, al estilo de la 5/2012 de mediación civil y mercantil”, subraya. Una de las cuestiones que aflora es si los profesionales que han hecho ese curso de mediación civil pueden estar habilitados como mediadores penales “lo mejor sería hacer un complemento educativo a nivel penal para conocer mejor esta práctica. De hecho ya hay Colegios de Abogados que están ofreciendo cursos de formación sobre mediación penal”. Con la ley operativa, el siguiente paso sería inscribirse como mediador penal en el Registro de Mediadores del Ministerio de justicia.

Respecto a cómo articular la relación entre fiscal y juez a nivel de mediación penal, Vicente Magro resalta que “el juez no tiene que intervenir en la mediación sino hacer la derivación pertinente. Es posible que tenga que impulsarse esta faceta del juez más claramente. Una vez que las partes han firmado con el mediador un acuerdo de mediación, ese acuerdo pasaría al juez que a su vez se lo pasaría al fiscal de cara a que ambas partes firmaran un acta de conformidad penal. Ese acta se elevaría ante el juez para lograr esa sentencia de conformidad mediante juicio”, explica nuestro interlocutor. La mediación penal está siendo aplicada en violencia doméstica, esto es, agresiones de hijos a padres, de padres a hijos, nunca en violencia de género que está prohibida por su propia Ley. “El mediador, aconsejado con un psicólogo puede llegar a un acuerdo para que las partes no reincidan en estos temas.” Y es que no todos los conflictos se resuelven vía derecho penal “algunos necesitan el diálogo y la colaboración de los ciudadanos”, indica.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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