El
mundo
de
la
mediación
se
mueve.
Está
en
ebullición
y
las
entidades
de
mediación
buscan
fórmulas
para
atraer
nuevos
clientes
que
sea
económicas
y
cómodas.
Desde
MEDIAICAM,
centro
de
mediación
del
Colegio
de
Abogados
de
Madrid,
se
ha
puesto
en
marcha
en
estos
días
un
servicio
de
mediación
online
que
simplifica
procesos
y
permite
resolver
conflictos
en
menor
tiempo.
Ya
hemos
conocido
sistema
parecidos
en
Santalucia
y
con
la
empresa
Acuerdo
Justo.
Una
herramienta
que
se
puede
emplear
desde
la
propia
web
de
la
entidad
mediadora
y
que
gracias
a la
firma
electrónica
permite
que
las
partes
y el
mediador
se
autentifiquen
y
desarrollen
el
proceso
de
mediación.
Indalecio
Leonsegui
es
el
responsable
de
esta
aplicación
que
MEDIAICAM
ha
puesto
en
marcha
para
desarrollar
mediaciones
online
“
Gracias
a
nuestra
plataforma
podemos
lanzar
un
proceso
de
mediación
electrónica
adaptado
al
procedimiento
simplificado
de
mediación
del
Real
decreto
980/2013”,
aclara.
Y
avisa
que
ya
MEDIAICAM
gracias
al
desarrollo
impulsado
por
MEDIARE
sustenta
tanto
chat
como
videoconferencia.
“Ya
habíamos
hecho
alguna
sesión
virtual
en
lugar
de
presencial
gracias
a
esta
tecnología”,
subraya.
Ahora
esta
entidad
de
mediación
se
adapta
al
mercado
y
lanza
este
servicio
de
mediación
online
simplificado
por
medios
electrónicos.
“Según
el
citado
Real
Decreto
el
procedimiento
debe
ser
de
duración
limitada,
con
un
protocolo
que
desarrollamos
nosotros.
“Cuando
le
explicamos
lo
que
es
el
procedimiento,
lo
primero
que
nos
preguntan
es
por
la
mediación
y su
validez
como
elemento
extrajudicial,
siempre
les
llama
la
atención
que
son
las
partes
las
que
buscan
la
solución
al
conflicto”,
advierte.
Las
mediaciones
se
realizan
entre
tres
y
cuatro
sesiones
en
el
ámbito
mercantil
y
civil
y
algo
más
en
el
familiar.
“En
este
contexto
electrónico
donde
el
Ministro
Catalá
habla
de
justicia
digital
en
un
sistema
como
Lexnet
es
factible
que
se
adapte
este
sistema
de
mediación
online
como
interoperable”,
comenta
nuestro
interlocutor.
Sobre
este
protocolo
Leónsegui
nos
explica
que
estas
mediaciones
electrónicas
tienen
un
coste
muy
reducido
lo
que
debe
incentivar
el
uso
de
esta
herramienta.
“En
este
mundo
virtual
apostamos
por
mediaciones
de
dos
sesiones
de
unos
cuarenta
minutos
cada
una”.
Respecto
al
funcionamiento
nos
comenta
que
el
usuario
de
esta
mediación
electrónica
tiene
un
acceso
desde
la
web
de
MEDIAICAM
a la
aplicación.
“Se
abre
un
expediente
y el
usuario
rellena
una
serie
de
datos
muy
sencillos
para
que
señale
cuál
es
el
conflicto.
Luego
se
le
da
traslado
a la
otra
parte
desde
el
centro
de
mediación.
En
ese
momento
se
advierte
de
los
requisitos
técnicos
necesarios
para
acudir
a
esa
mediación:
ordenador
con
acceso
a
Internet
y
con
la
firma
electrónica
adecuada
para
que
garantice
que
es
él
mismo.
La
propia
solicitud
de
la
mediacion
se
firma
electrónicamente.
Si
hubiera
problemas
de
firma
se
puede
reconducir
el
proceso
a
una
mediación
convencional”,
aclara
nuestro
interlocutor.
“Este
es
un
procedimiento
en
el
que
las
partes
ya
han
avanzando
algo
de
la
mediación
de
tal
forma
que
la
intervención
del
mediador
es
para
acercar
posturas
en
este
proceso
abreviado”,
indica.
La
versatilidad
de
esta
herramienta
es
importante.
Una
mediación
online
puede
reconducirse
en
convencional
y
viceversa
“
Sobre
la
tipología
de
casos
no
hay
límite
en
cuanto
a
los
supuestos
que
pueden
ser
mediados,
salvo
los
que
establece
el
propio
decreto
980/2013
sobre
la
confrontación
de
derecho
que
se
pueda
generar
en
ese
conflicto
entre
las
partes.
En
principio
podemos
llevar
reclamaciones
de
baja
cuantía
pero
no
nos
ponemos
límites.
“Y
nos
habla
de
las
tarifas
establecidas
para
estos
casos.
De 0
a
200
euro
son
gratuitas;
de
200
a
900
euros
se
cobra
una
cantidad
de
20
euros
por
interviniente
y
las
superiores
a
900
euros
se
cobra
un
porcentaje
sobre
el
20
por
cien
del
total.
“El
solicitante
se
encarga
del
coste
de
administración
que
son
15
euros
y
luego
el
resto
del
importe
se
hace
vía
online
gracias
a la
pasarela
de
pago
de
la
plataforma.
Hemos
diseñado
un
sistema
electrónico
para
que
las
partes
no
tengan
que
trasladarse
a
ningún
lugar
y
hagan
esas
operaciones
financieras
también”.
El
solicitante
paga
esos
gastos
de
administración
mientras
que
los
gastos
de
intervención
del
mediador,
como
dice
la
ley
y
salvo
que
las
partes
digan
lo
contrario,
se
pagan
a
partes
iguales”,
recuerda.
Formación
de
mediadores
en
técnicas
digitales
MEDIAICAM
se
encuentra
ahora
formando
a
sus
mediadores
online
para
poder
ofrecer
este
servicio
lo
antes
posible.
“Funciona
igual
que
en
las
mediaciones
ordinarias.
En
el
caso
que
las
partes
no
se
pongan
de
acuerdo
será
la
entidad
de
mediación
quien
designe
a
ese
profesional
que
lleve
el
citado
asunto”,
aclara
Leonsegui.
Para
este
letrado,
mediador
y
responsable
de
este
servicio
es
evidente
que
lo
más
importante
de
esta
mediación
electrónica
es
el
autentificar
que
cada
uno
es
quien
dice
que
es y
que
las
actas
estén
firmadas
de
la
manera
más
conveniente
a
través
de
la
firma
digital.
“Estamos
dispuestos
con
la
herramienta
que
tenemos
a
poder
asumir
un
importante
de
mediaciones
electrónicas
que
reclame
el
mercado.
Podemos
mejorar
el
servicio
si
fuera
necesario.
Lo
más
complejo,
la
formación
de
mediadores
en
estas
herramientas
digitales.
Un
mediador
que
puede
acceder
a su
trabajo
desde
cualquier
ordenador
desde
el
que
se
pueda
conectar
a la
aplicación
online
de
MEDIAICAM”,
asegura.
Sobre
la
particularidades
del
sistema
Leónsegui
nos
describe
que
el
chat
que
dispone
la
aplicación
es
sincrónico
“todas
las
partes
se
conectan
a la
vez
e
interactúan
y
eso
hace
que
el
proceso
sea
más
rápido
en
muchas
ocasiones.
No
obstante
el
papel
del
chat
suele
ralentizar
el
proceso;
cada
parte
escribe
a la
vez.
Por
el
contrario
la
videoconferencia
da
una
mayor
agilidad”,
resalta.
También
el
chat
puede
servir
para
conflictos
multiparte
donde
existan
más
de
dos
partes
interesadas
en
un
asunto.
“La
idea
es
que
la
plataforma
como
aplicación
viva
se
ajuste
de
manera
periódica
a
las
demandas
del
mercado.
No
descartamos
hacer
marca
blanca
si
una
entidad
nos
pide
este
desarrollo
para
sus
mediaciones
online”;
aclara
su
responsable,
interesante
comentario
sabiendo
que
MEDIAICAM
tiene
suscrito
acuerdos
con
muchas
instituciones
a
las
que
podría
ahora
suministrar
ese
servicio
si
se
lo
requiriesen. |