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24 de JULIO de 2015

Letrados de victimas: Más que un trámite

LAWYERPRESS

Por Susana Gisbert Grifo, Fiscal

 

Susana Gisbert Grifo, FiscalHace apenas unos días me comentaban varios abogados, de diferentes procedencias geográficas, sus cuitas cuando ejercen esa importante labor consistente en la asistencia a víctimas de violencia de género. Se quejaban, no sin razón, de que se sentían ninguneados y hasta me atrevería a decir que despreciados, algo que no manifestaron directamente, pero que se podía intuir de sus palabras. Y que, sobre todo, sentían una desazón tremenda al no poder asistir a esas víctimas tan bien como quisieran por causas ajenas a su voluntad.

Lo bien cierto es que esas palabras no me resultaron, por desgracia, ni sorprendentes ni desconocidas, porque en mi trabajo diario no es la primera vez que oigo cosas semejantes. Y, como a mí sí me parece una labor fundamental, decidí ponerme al teclado y decirlo. Que toda piedra hace pared y las palabras nunca caen en saco roto aunque a veces pueda parecerlo.

Ya sé que puede resultar raro que una fiscal, y fiscal de violencia de género para más señas, sea quien salga en defensa de estos profesionales. Pero bien mirado, nada tiene de raro. Hay que tener presente que en esta materia, más que en ninguna otra, remamos en el mismo barco, un barco a veces enclenque que ha de enfrentarse a bravas tempestades. Por eso no podemos permitirnos el lujo de prescindir de ninguno de los remeros.

Precisamente, una de las novedades que estableció la ley integral de protección a las víctimas de violencia de género, esa ley que acaba de cumplir diez años, fue la posibilidad de que las mujeres víctimas pudieran disponer de un letrado de oficio desde el inicio de las actuaciones. Repito, desde el inicio. Y eso no significa otra cosa que esas mujeres tienen el derecho a esa asistencia profesional desde el mismo momento de interponer la denuncia. Un momento esencial que puede marcar el curso del procedimiento.

No hace mucho, en el juzgado de guardia, me comentaba una de esas letradas que su patrocinada había puesto la denuncia sin su concurso, y se lamentaba de que así hubiera sido. Y desde luego, tenía más razón que un santo. Una mujer destrozada, en una situación anímica terrible y, en muchos casos, con un alto componente de miedo y de angustia, no siempre es capaz de transmitir ante el policía que le recoge la denuncia todo lo que es realmente importante. Y ya se sabe que el papel es muy sufrido. Y quizás por eso a veces es tan diferente lo que nos cuentan en el juzgado de lo que pensábamos que iba a ser ese caso a la vista del atestado.

En ocasiones se ha cuestionado, con suma ligereza, para qué sirve esa asistencia letrada. Incluso hay quien ha dicho que podría prescindirse de ella, ya que el asunto acabará llegando al juzgado y allí habrá un fiscal dispuesto a defender los intereses de la víctima. Y por supuesto que lo habrá, que en eso consiste precisamente nuestra función, entre otras muchas. Pero lo cortés no quita lo valiente y el hecho de que haya fiscal no hace prescindible la figura del letrado de asistencia a la víctima. Ni muchísimo menos.

Es cierto, y no lo negaré, que muchas veces fiscal y abogado toreamos al alimón en esta corrida. Y no podría ser de otra manera. Pero también es cierto que la relación del letrado con la víctima es mucho más directa, que puede tener acceso a información de la que nosotros carecemos, y conocer de primera mano los intereses de su cliente, que pueden no ser siempre coincidentes con el interés público que persigue el fiscal. Y que ambas funciones se complementan, sin que pueda decirse que una haga innecesaria a la otra. Esa es precisamente la grandeza de nuestros oficios.

Pero si en algún momento es esencial la asistencia letrada a la víctima es precisamente en comisaría. Ahí no hay fiscal que valga, porque está fuera de nuestras funciones, y lo que se haga o diga en ese momento puede marcar el curso del procedimiento. El hecho de que se solicite o no una orden de protección desde el primer momento, por ejemplo, o de que se consignen determinados hechos influirá de un modo decisivo en cómo continúe el proceso, qué medidas cautelares se adopten, qué tipo de procedimiento se incoe, y que diligencias de investigación se pongan en práctica. Ahí es nada. Y visto así ¿puede alguien seguir cuestionando la importancia de esta labor? La respuesta es obvia, como obvio es que cae por su propio peso. O debería.

Pero el caso es que, bien sea por falta de medios, por falta de información, o por alguna recóndita causa que no alcanzo a comprender, son muchas las mujeres que declinan la posibilidad de ser asistidas en comisaría y luego piden el letrado en el juzgado, lo que no deja de causarnos cierta sorpresa. Y, cuando llega, puede ser más difícil desfacer el entuerto de lo que dijo o dejó de decir, que haber hecho esa declaración con asistencia letrada desde el primer momento. Algo que no es un capricho, ni un mero trámite, sino que es un derecho. Y es que a veces tiende a confundirse la rapidez con la precipitación, y ya dice el refrán que las prisas no son buenas consejeras. Vísteme despacio, que tengo prisa.

Así que, después de diez años de vivir el día a día de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, creía necesario romper una lanza por esta figura y por todos aquellos que se empeñan en llevarla a cabo contra viento y marea. En ocasiones, incluso, a cambio de nada, porque no es infrecuente que la víctima, después de su asesoramiento, acabe echándose atrás y ni siquiera tengan un triste papelillo con el que justificar a su colegio de abogados el tiempo que han dedicado a esa asistencia.

Quede, pues, rota la lanza. Pero que nunca se rompa el remo con el que llevar adelante este barco. La vida de muchas mujeres está en juego. Y nuestra obligación es llevarlas a buen puerto.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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