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26 de MAYO de 2016

La Sección de Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Madrid celebra la prohibición de matar al toro de la Vega

LAWYERPRESS

Se suma a la iniciativa de la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales de Barcelona, Girona, Tarragona, Terrassa, Sabadell y Mataró

La Sección de Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Madrid celebra la prohibición de matar al toro de la Vega

La Sección de Derecho de los Animales del  Colegio de Abogados de Madrid se une a la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona, Tarragona, Girona, Terrassa, Sabadell y Mataró que celebran la aprobación del decreto ley que prohíbe dar muerte en público al "Toro de la Vega".

Según el Decreto-Ley 2/2016, de 19 de mayo, queda prohibido en los espectáculos taurinos populares y tradicionales de la Comunidad de Castilla y León, dar muerte a los toros de lidia en presencia del público en los espectáculos taurinos populares y tradicionales.

En este sentido, el texto aprobado por la Junta de Castilla y León, a la espera de que sea convalidado por las Cortes de esta CCAA antes de un mes, habla de que los "festejos populares" son aquellos donde se utilizan los animales para "ocio de la ciudadanía": como los "encierros" urbanos, de campo o mixtas; "vaquillas, capeas o probadillas", al tiempo que se detalla que los "tradicionales" son aquellos con un "arraigo social" en una localidad y que se vienen celebrando desde hace más de 200 años.

La prohibición de matar a los toros en este tipo de espectáculos públicamente existe desde la aprobación del Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León (artículo 19.1).

Sin embargo, este Decreto estableció una excepción en el apartado segundo del artículo 19 que permitía la realización de la muerte en público, si con ello se garantizaba el mismo desarrollo del espectáculo o era inherente a la celebración de un espectáculo taurino tradicional.

Tal es el caso del Torneo del Toro de la Vega de Tordesillas, dado que el desarrollo del espectáculo requiere de la muerte del animal y además consta expresamente calificado como "espectáculo taurino tradicional" por la Orden de 7/9 / 1999. Con la aprobación del Decreto-Ley 2/2016, se suprime esta excepción.

La Sección de Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Madrid y la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona, Tarragona, Girona, Terrassa, Sabadell y Mataró piden que el Torneo quede totalmente prohibido, y no sólo la muerte del animal.

Cabe recordar en este sentido que la Junta de Castilla y León, quien ha emitido el Decreto-Ley, ha sido categórica al respecto y ha declarado públicamente que queda prohibida la utilización de lanzas o cualquier agresión al toro, dado que forman parte consustancial de la espectáculo cuya finalidad es la muerte del toro.

Esperan que el Ayuntamiento de Tordesillas reforme ahora las disposiciones municipales pertinentes con el fin de adaptarse a esta nueva realidad.

Esta opinión responde a la iniciativa de la Sección de Derecho de los Animales del Colegio de Abogados de Madrid y de la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Colegio de Abogados de Barcelona, Tarragona, Girona, Terrassa, Sabadell y Mataró. 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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