El juzgado de primera instancia nº49 de Madrid, ha declarado por primera vez en dicha sede, la nulidad de una hipoteca con cuota creciente que un matrimonio firmó con Bankia y declara nulas la clausulas referidas a la progresión de un 2% anual en las cuotas y el tipo de interés, declarando a su vez también nulas por falta de transparencia la cláusula de intereses moratorios, así como la relativa a los gastos hipotecarios.
Según el despacho: Ortega y García Abogados, esta sentencia crea un precedente muy importante, que puede incluso beneficiar, a los afectados por la denominada hipoteca Tranquilidad, que comercializó Banesto, y cuyo sistema de progresión es idéntico al ahora declarado nulo por falta de transparencia.
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