Nueva sentencia en Valencia que estima íntegramente la demanda contra el cártel de fabricantes de camiones

Publicado el lunes, 30 marzo 2020

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, valida el informe pericial presentado por CCS Abogados, bufete que gestiona la reclamación de 35.000 camiones, la mayoría de los cuales están asociados a la Confederación Española de Transportes de Mercancías (CETM).

camiones

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia ha dictado (13 de marzo) una nueva sentencia contra el cártel de fabricantes de camiones, que estima íntegramente la demanda y da validez plena al informe pericial presentado por CCS Abogados. El sobrecoste medio cuantificado por la pericial del despacho es del 16,35% del precio de compra de cada camión.

Esta sentencia va en línea con otras anteriores, dictadas por los juzgados de lo mercantil de Valencia, Cáceres, Valladolid, Oviedo y Donostia con ocasión de demandas interpuestas por CCS Abogados. El llamado cártel de los fabricantes de camiones es uno de los asuntos más importantes del actual panorama judicial español por el elevado número de reclamaciones que se han promovido. Su origen está en 2016, cuando la Unión Europea multó con 3.800 millones de euros a los integrantes del cártel: Volvo-Renault, Iveco, Daimler, Scania y DAF. Otro de los participantes, MAN, no fue multado por acogerse al programa de clemencia de la UE y denunciar la existencia del cártel.

La sentencia dictada por el Juzgado de Valencia contra la marca IVECO adjetiva el informe pericial aportado por CCS Abogados como “transparente en su expresión, intenso en su formulación y riguroso en su metodología.” A su vez el juez reconoce que: “abordando la valoración de los concretos resultados alcanzados por el informe CCS, parecen ciertamente razonables y coherentes con la especie de infracción sancionada y sus características. Como herramientas relevantes para medir la plausibilidad de esta cuantificación, cabe señalar que esas conclusiones son conciliables con las aportaciones de la literatura científica ampliamente difundidas y que el propio informe CCS desgrana”

El fallo estima la demanda formulada contra IVECO y a su razón le condena al pago de 44.504,26 euros, cuantía incrementada en lo que resulte de aplicar los intereses legales calculados desde la fecha de interpelación judicial.

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