El Ilustre Colegio Notarial de Madrid potencia su Corte de Arbitraje (Fundación Notarial SIGNUM) para que los ciudadanos y las empresas que lo deseen, especialmente de la comunidad autónoma de Madrid, puedan optar por acudir a este sistema de resolución de conflictos en vez de acudir a los tribunales de la jurisdicción civil, dado el elevado número de asuntos que asumen, ahora incrementados como consecuencia de la pandemia.
El arbitraje se basa en la autonomía de la voluntad de las partes. Sus notas características son la celeridad, la flexibilidad, el antiformalismo, entre otras, siendo un medio muy adecuado para solucionar las controversias de carácter civil y mercantil. Eso sí, siempre que los derechos tengan carácter disponible.
Además, el laudo arbitral tiene efecto de cosa juzgada lo que le hace equivalente a las sentencias judiciales firmes que gozan de tal eficacia.
El arbitraje se regula en España por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, que ha sido modificada en varias ocasiones, especialmente por la Ley 11/2011, de 20 de mayo, configurándolo como una alternativa eficaz al proceso judicial. La jurisdicción civil en el ámbito del arbitraje está limitada a las funciones de apoyo y control del arbitraje que se prevén en la Ley que lo regula.
Los notarios por su gran preparación jurídica y con la gran cualificación profesional de que gozan son especialmente idóneos para ser árbitros en materias como la societaria (arbitraje estatutario), la testamentaria (arbitraje testamentario), así como en las restantes materias del Derecho Civil y del Derecho Mercantil.
El Colegio Notarial reúne a los principales expertos en arbitraje
La iniciativa de potenciar la Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio Notarial de Madrid coincide con el propósito de impulsar los medios adecuados de solución de controversias con carácter general como sucede en el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, aprobado por el Gobierno el 15 de diciembre de 2020. Ello es con el objetivo de descongestionar de asuntos la Administración de Justicia del orden civil con mecanismos como la negociación, la mediación, la conciliación privada, la oferta vinculante confidencial, la opinión de experto independiente.
El Colegio Notarial de Madrid, con la finalidad de potenciar su Corte de Arbitraje, ha organizado un seminario virtual en el que ha reunido reconocidos expertos en la materia para analizar las consecuencias de la STC 17/2021, de 15 de febrero, sin olvidar su precedente inmediato, la STC 46/2020, de 15 de junio, en el desarrollo del arbitraje en España.
Los prestigiosos expertos que participarán en el seminario se centrarán en destacar lo que ha supuesto la STC 17/2021, de 15 de febrero, así como la STC 46/2020, de 15 de junio, al precisar el Tribunal Constitucional el concepto de “orden público” en la anulación de los laudos arbitrales, así como el ámbito de dicha acción de anulación, frente al carácter extensivo que les había dado la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que había creado una gran preocupación en los círculos de arbitraje.
De esta manera, estas dos sentencias suponen un hito en el desarrollo del arbitraje en nuestro país, lo que supondrá un aumento del número de arbitrajes, tanto internacionales como nacionales, especialmente en la Comunidad de Madrid.
Este seminario virtual, que se ha celebrado en el Colegio Notarial de Madrid el pasado miércoles 24 de marzo a las 17.00 horas, reunió en un mismo acto a José Ángel Martínez Sanchiz, Presidente del Consejo General del Notariado y Decano del Ilustre Colegio Notarial de Madrid; a Manuel Gerardo Tarrío Berjano, Notario de Madrid y Secretario General del Consejo General del Notariado; a Bernardo M. Cremades Sanz-Pastor, Socio Fundador de Cremades & Asociados y Académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación; a José Carlos Fernández Rozas, Catedrático de Derecho Internacional Privado y Árbitro Internacional; a Rafael Hinojosa Segovia, Profesor Titular de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid y socio del Club Español del Arbitraje; y a Jesús Remón Peñalver, Socio Director del Área de Derecho Público, Procesal y Arbitraje del Despacho Uría Menéndez y Presidente de Honor del Club Español del Arbitraje.