AEDAF lleva al Supremo la obligatoriedad de presentar telemáticamente el IRPF

Publicado el jueves, 9 junio 2022

Tribunal Supremo

La obligación de declarar telemáticamente el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas podría ser declarada ilegal. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, contra los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio 2018.

En 2019, por medio de una Orden ministerial (HAC/277/2019, de 4 de marzo), se impuso la obligación, a todos los contribuyentes, de declarar el IRPF electrónicamente, lo cual, según expusieron ya en su momento los expertos de AEDAF, atenta contra el principio constitucional de no discriminación por razón de edad.

Stella Raventós Calvo, presidente de AEDAF, explica: “El Supremo ha observado que, como advertimos en su momento, mediante esa orden se ha privado a muchos contribuyentes de su derecho a presentar su declaración del IRPF con la Administración de la manera que les fuese más accesible. La obligación impuesta por la Orden ministerial supone una clara discriminación para algunos colectivos y nuestra Asociación mantiene su compromiso con la defensa de los derechos de todos los contribuyentes, especialmente de aquellos más vulnerables, afectados por la “brecha digital” tal y como señala el propio Tribunal”.

AEDAF presentó un recurso contencioso administrativo para impugnar la Orden ministerial, que afectaría a unos 350.000 ciudadanos, cifra correspondiente a las declaraciones del ejercicio 2017 presentadas en papel.

El recurso de AEDAF hace referencia al escaso rango legal de una Orden Ministerial para hacer efectiva esa obligación. La Asociación ha venido presentando, asimismo y por el mismo motivo, recursos sobre los modelos de declaración de 2019, 2020 y 2021. Estos recursos se encuentran actualmente pendientes ante la Audiencia Nacional.

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