La Real Órden de 8 de marzo de 1910 vino a regular el acceso de las mujeres a la Universidad, sin necesidad de autorización previa para ello, complementándose dicha norma por la Real Órden de 2 de septiembre de 1910 a los efectos de autorizar a las mujeres que hubiesen obtenido Título Universitario a ejercer la profesión a la que aquel habilitara.
Ha pasado más de un siglo desde que las mujeres españolas pudimos alcanzar formación en las Ciencias Jurídicas si bien el acceso a las distintas profesiones derivadas de las mismas se ha producido escalonadamente.
Los Colegios de Abogados fueron las primeras corporaciones que dieron entrada a las mujeres a partir de los años 20 del siglo XX. Asunción Chirivella en Valencia, Victoria Kent y Clara Campoamor en Madrid fueron las primeras en incorporarse al ejercicio libre de la abogacía.
El resto de las profesiones jurídicas ofrecieron mayor resistencia a la incorporación de Mujeres
En 1924 la entonces licenciada en Derecho Carmen López Bonilla solicitó del Ministerio de Justicia la publicación de un Decreto que autorizase a las mujeres a concurrir a las Oposiciones a Registros, Notariados y cuantos cargos requiriesen la titulación en Derecho La petición fue desestimada.
Hasta 1969 y excepto la incorporación excepcional de 3 mujeres que se habían inscrito en las oposiciones en virtud del derecho de Igualdad reconocido en la Constitución de 1931, no hubo más incorporaciones hasta el citado año.
La ley 96/66 de 28 de diciembre reconoció a las mujeres su derecho a acceder a la carrera judicial, hasta entonces vetada para nosotras incluso en la Ley56/61 de 22 de julio, de derechos políticos, profesionales y de trabajo de la mujer.
Las primeras incorporaciones se produjeron a partir de 1972
En los últimos 40 años el acceso de las mujeres a las profesiones jurídicas ha ido en constante aumento, dándose la circunstancia que en la actualidad la abogacía, la fiscalía, la judicatura, el notariado , los registros tienden a una composición paritaria manteniéndose una tendencia ascendente que, por ejemplo en el Colegio de la Abogacía de Madrid las incorporaciones de mujeres superan a las de los hombres.
Se ha traspasado el techo de cristal?
Un análisis simplista nos diría que si, porque existe una Igualdad Legal de libre acceso a las profesiones jurídicas, porque el acceso a puestos de mayor rango va progresando en la carrera judicial, (sin que pueda obviarse que por el acceso tardío de las mujeres , están peor colocadas en el escalafón),porque los nombramientos políticos en los diferentes órganos del Estado, en el Ministerio de Justicia, Fiscalía General del Estado vienen siendo ocupados por mujeres con plena normalidad y los Colegios profesionales son regidos en número considerable por mujeres
Pero, donde está el techo de cristal que nos limita profesionalmente?
Para las mujeres sin obligaciones familiares ya no existe.
Sin embargo no puede olvidarse que las mujeres cumplimos un papel fundamental en la gestación y crianza de nuestros hijos e hijas y esta circunstancia entra en colisión con una carrera profesional en la que la competitividad exige una dedicación máxima.
Las mujeres de mi generación irrumpimos en el mundo laboral intuyendo que no podíamos pedir nada a cambio de que se nos permitiera estar. Nosotras, nos decíamos, podemos con todo. Y el precio era muy alto.
Las mujeres ahora permanecen en las profesiones jurídicas, la abogacía por cuenta ajena es el sector mas duro, posponiendo o renunciando a la maternidad si no cuentan con un compañero que comparta responsabilidades o su empleador es muy estricto.
Mientras no se plantea la opción de ser madre no hay ningún problema, a partir de ese momento acceder a puestos de responsabilidad es muy difícil, cuando no imposible, porque no se puede competir.
El retraso o el abandono de la decisión de ser madre, en este caso atenta contra un derecho fundamental de las mujeres y resulta lesivo para los intereses de un pais envejecido.
La cultura de la Igualdad, el ejercicio de la corresponsabilidad parental en el reparto de funciones familiares, la racionalización de horarios laborales, el desarrollo de una normativa que permita compatibilizar la crianza de los hijos con sus funciones laborales a hombres y mujeres son herramientas necesarias para romper el techo de cristal que permita no desperdiciar el talento de las mujeres.