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NOTICIAS de los Colegios de Abogados de España
CEAJ presenta su campaña informativa, ya en marcha y el CGAE organiza hoy una rueda de prensa sobre esta cuestión Será en el transcurso de una esperada rueda de prensa, en el día de hoy, cuando los decanos de Madrid y Barcelona, vicepresidentes 1 y 2 del CGAE, Sonia Gumpert y el decano del Colegio de Málaga, presidente de la Comisión de Justicia Gratuita del órgano colegial ofrezcan la postura de esta entidad sobre la reforma del Gobierno en esta materia. Como preámbulo ayer conocimos la postura de CEAJ, Confederación de Abogado Jóvenes sobre este asunto. Bajo el lema “ La Justicia es tu turno, defiéndelo” los jóvenes abogados han empezado una campaña divulgativa sobre este asunto. También presentarán un documento con 79 enmiendas a dicha reforma. Las charlas informativas empezaron ayer en Logroño y se extenderán en los próximos diez días a los colegios de Toledo, Valencia, Málaga, Alcalá, Gijón, Granada, Zaragoza y Cartagena. Con motivo de la aprobación por el Consejo de Ministros y tramitación parlamentaria del proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, desde la Confederación Española de Abogados Jóvenes (CEAJ) y desde las Agrupaciones de Abogados Jóvenes que integran dicha Confederación, se ha iniciado una campaña divulgativa de la reforma proyectada, manifiestamente mejorable, al ser evidentes las carencias, lagunas, deficiencias y contradicciones del proyecto, que impedirán que el servicio público de asistencia jurídica gratuita funcione de forma eficiente y sea accesible para los ciudadanos que lo requieran. Desde CEAJ, Además de elaborar un informe exhaustivo sobre dicho proyecto, proponiendo hasta 79 enmiendas al mismo y que ha sido remitido a varios grupos parlamentarios de la oposición, se ha elaborado un cuadríptico informativo con los aspectos más destacados de la proyectada reforma y en el que se pone de manifiesto que, con el proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita se ha perdido la oportunidad de modernizar y mejorar este servicio y de resolver determinados problemas de la actual regulación, creándose en cambio otros. Para esta entidad, esta reforma de la Justicia Gratuita: PERJUDICA AL CIUDADANO, al reducir el umbral económico de acceso a la justicia gratuita para las personas no integradas en una unidad familiar, al valorar la situación económica y patrimonial no sólo del interesado sino también de los integrantes de su unidad familiar. También consideran que no es lógico que se establezca una presunción de abuso por parte de los que soliciten tres veces al año este derecho y al suprimir la obligación de residencia o establecimiento del abogado del turno de oficio en el lugar de asistencia al beneficiario del servicio, impidiendo una atención inmediata y cercana a éste. CREA DESIGUALDADES, al reconocer la justicia gratuita a algunos colectivos y personas jurídicas aunque cuenten con recursos suficientes para litigar. NO INCLUYE LA GRATUIDAD DE DIVERSAS PRESTACIONES, como la asistencia letrada previa a proceso judicial en todo caso, la asistencia a los presos condenados, la designación de profesionales para la acusación particular, la exención de cauciones, depósitos y consignaciones ni la intervención de mediador, contador partidor, administrador judicial o concursal, intérprete o traductor. NO GARANTIZA LA FINANCIACIÓN PÚBLICA SUFICIENTE PARA MANTENER EL SISTEMA DE JUSTICIA GRATUITA. En cambio, sigue vinculando las tasas judiciales a la justicia gratuita, a pesar de ser un hecho público y notorio la falta de destino de lo recaudado con aquéllas para ésta. NO RESPETA NI DIGNIFICA LA LABOR DE LOS ABOGADOS DE OFICIO, al no dignificar ni actualizar los baremos de retribución del servicio, acordes con la importante labor social prestada, al no garantizar el cobro de todas las actuaciones que lleve a cabo, ni que el pago por la administración sea puntual. BUROCRATIZA EN EXCESO EL SERVICIO GENERANDO COSTES INNECESARIOS al mantener la duplicidad en la tramitación de los expedientes, dilatando el reconocimiento a la justicia gratuita; al requerir la ratificación del beneficiario y justificación del mantenimiento del derecho para recurrir Otro asunto que no gusta a CEAJ es que se prevea la revisión periódica de la concesión del beneficio como mínimo cada cuatro años; al imponer a los Colegios funciones de archivo y custodia y, a los abogados, obligaciones informativas y de traslado de resoluciones, cuyo incumplimiento conlleva la imposición de sanciones desproporcionadas.
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