Chávarri Abogados lidera el proceso contra SGAE en el Supremo, que ha anulado el reparto de los derechos de autor El Tribunal Supremo declara nulo el reparto de los derechos de autor realizado por SGAE, que deberá revisar todos los pagos efectuados desde junio de 2014

Publicado el jueves, 21 noviembre 2019

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El Tribunal Supremo ha puesto punto final a las incógnitas que rodeaban el reparto de los derechos de autor que la SGAE ha efectuado en los últimos años. La Sala de lo Civil del TS ha declarado nulo el acuerdo de aprobación a partir del cual SGAE elaboró el reparto, que fue impugnado por los grupos editoriales Telecinco SAU y Música Aparte SAU (Atresmedia), a quienes ha representado Chávarri Abogados.

Dado que la sentencia tiene carácter retroactivo, SGAE tendrá que revisar todos los pagos efectuados por derechos de autor de las obras musicales emitidas en televisión desde junio de 2014. Se trata de una sentencia firme, contra la que no cabe recurso.

El fallo afecta al reparto entre los autores de las tarifas que pagan las televisiones por emitir música en función de la franja horaria. Este sistema beneficiaba a los artistas cuyos contenidos se emitían en prime time, perjudicando a los grandes grupos de televisión privada frente a las principales discográficas internacionales que operan en España.

La sentencia afecta a todos los músicos y editoriales de música asociados a SGAE cuyas obras se emiten en televisión. Según datos de la propia SGAE, el volumen de miembros afectados asciende hasta los 45.000, con más de 100.000 obras musicales involucradas, lo que permite hacerse una idea de la dimensión y el alcance de la sentencia. Las estimaciones de SGAE apuntan que la cantidad comprometida en un solo semestre oscilaría en torno a los 19 millones de euros. Teniendo en cuenta que los desajustes afectan a 9 semestres, la cantidad podría elevarse por encima de los 100 millones de euros.

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