El Nuevo Reglamento de la UE sobre la información relativa a la sostenibilidad en los servicios financieros

Publicado el viernes, 26 febrero 2021

Patricia Muñoz, consultora en Auren Consultores.

Patricia Muñoz

En línea con el compromiso adquirido en la Asamblea General de las Naciones Unidas y con el objeto de garantizar que todas las acciones e iniciativas desarrolladas por la Unión Europea estén alineadas con la Agenda 2030 y sus 17 Objetivos de Desarrollo sostenible, las políticas desarrolladas por la UE apuestan por unas actividades económicas que se basen en la sostenibilidad y la transición hacia una economía baja en carbono, más eficiente en el uso de los recursos y que garantice la competitividad a largo plazo de la economía de la Unión. Por ello, y de manera específica, ha puesto en marcha una estrategia ambiciosa y global relativa a las finanzas sostenibles.

Considerando el impacto que el cambio climático, el agotamiento de los recursos, así como otras dimensiones de la sostenibilidad tendrían en la sociedad actual y del futuro, se plantea la necesidad de solicitar a los diferentes participantes de los mercados financieros que incorporen esta perspectiva a la hora de planificar y desarrollar su actividad.

En ese contexto se plantea el Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, que atiende a la necesidad de establecer un método armonizado sobre la divulgación de la información no financiera por las organizaciones pertenecientes a este ámbito.

En el documento publicado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Comunicado sobre la próxima aplicación del reglamento 2019/2088 sobre divulgación de información relativa a sostenibilidad en el sector financiero con fecha 18 de febrero de 2021, se concreta que el mismo afecta a las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva (SGIIC), a las Sociedades Gestoras de Entidades de Inversión de tipo cerrado (SGEIC) y a entidades que presten el servicio de gestión discrecional de carteras, así como a los asesores financieros (entidades que presten el servicio de asesoramiento en materia de inversión). De manera específica, las obligaciones en materia de transparencia son las que siguen:

  • Informar sobre la política de integración de los riesgos en materia de sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones, del mismo modo, está información deberá incorporarse en la página web, así como referenciarse en la información precontractual.
  • Declaración sobre la política en relación con las incidencias adversas de las decisiones de inversión o de asesoramiento sobre los factores de sostenibilidad.
  • Transparencia en la web de las políticas de remuneración en relación con la integración de los riegos de sostenibilidad.
  • Información cuando un producto promocione características medioambientales o sociales (cuando las empresas en las que se invierta observen buenas prácticas de gobernanza): deberá incluirse en la web, en la información precontractual y en la información periódica correspondiente.
  • Información cuando un producto tenga como objetivo inversiones sostenibles.

El reglamento es aplicable desde el próximo 10 de marzo de 2021, aunque se pospone hasta el próximo 1 de enero de 2022 la obligación de presentación de los informes periódicos. En este sentido, está previsto que las Autoridades Europeas de Supervisión (AES) elaboren proyectos de normas técnicas de regulación que concreten los contenidos y presentación de esta información, así como una supervisión consistente.

Con respecto a los folletos de inversión, la CNVM ya ha desarrollado un procedimiento simplificado para permitir la incorporación de la información a los folletos registrados donde se requiere información relativa a la integración de los riesgos de sostenibilidad en las decisiones de inversión y los resultados de la evaluación de las posibles repercusiones de los riesgos de sostenibilidad en la rentabilidad y a las incidencias adversas de las decisiones de inversión sobre los factores de sostenibilidad.

A falta de concretar aquellos aspectos técnicos ya mencionados anteriormente, la importancia que ha adquirido alinearse con la sostenibilidad por parte de todos los participantes de los mercados financieros, así como fomentar la transparencia en sus operaciones, es ya un hecho inamovible.


Auren

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