Los abogados Juan Molins y Manuel de Cárdenas se unen bajo la marca MDC Abogados, boutique legal especializada en Compliance penal, para dar asesoramiento de primer nivel a empresas, así como a otras firmas de abogados que deseen colaborar en este campo con profesionales experimentados.
MDC Abogados inicia una nueva etapa en el mercado legal, y está respaldada por los más de 35 años de ejercicio en la abogacía de sus profesionales, de los cuales 13 se han dirigido al estudio y práctica del Compliance penal. Desde la firma diseñan e implementan Planes de Compliance penal certificables a la medida real de cada empresa, con independencia de su tamaño y recabando previamente toda la información necesaria sin interferir en su normal desempeño y cumpliendo con las Normas de Calidad ISO 19601 o 37301.
“El Compliance penal en España está en plena expansión y es una parte esencial del mundo empresarial. Por ser un área del Derecho muy compleja requiere, para su correcta planificación y desarrollo, de profesionales muy experimentados y con conocimientos sólidos de Derecho penal, mercantil y laboral. La demanda de este servicio es cada día mayor y nuestras perspectivas de desarrollo de este campo son excelentes”, comenta Manuel de Cárdenas, socio de MDC Abogados.
En esta línea, Juan Molins, también socio de la firma, avanza el cada vez mayor número de alianzas que sellan con otros despachos “que desean cubrir con todas las garantías las demandas de sus clientes en materia de cumplimiento normativo”. “Nuestro objetivo inmediato es incrementar estas formas de colaboración y que se perciba a MDC como un despacho altamente especializado, referente en el estudio y la implementación del Compliance penal, sin olvidar la vertiente procesal. Por estos motivos MDC no hace compliance low cost”, sentencia.
Nueva Ley de protección al denunciante
Actualmente, las empresas se enfrentan a numerosos retos normativos en esta materia. La Ley 2/2023 de 20 de febrero, más conocida como Ley del Canal de denuncias, entra en vigor el próximo 13 de marzo de 2023 y obliga a integrar los canales de denuncias ya existentes en uno nuevo tal y como exige la Ley. “Si una empresa privada ya tenía un Plan de Compliance con su correspondiente canal de denuncias, ahora debe adaptar dicho canal a los requerimientos de dicha Ley en los plazos establecidos”, explican los expertos.
Los plazos de adaptación para quienes ya tengan integrado un Plan de cumplimiento normativo son: hasta el 13 de junio de 2023, si se trata de una empresa de más de 250 trabajadores, y hasta el 1 de diciembre de 2023, si tiene entre 50 y 250 trabajadores. Sin embargo, para las que no dispongan de dicho programa y tengan más de 50 trabajadores, “en los mismos plazos habrán de establecer obligatoriamente al menos ese canal de denuncias so pena de fuertes sanciones administrativas que pueden llegar hasta el millón de euros”.
“En general esta Ley va a obligar a las empresas a realizar muy notables esfuerzos de organización y económicos para lo que habrán de asesorarse debidamente”, advierte de Cárdenas. Por su parte, Molins avanza que “iremos viendo un incremento de los procedimientos penales en los que las empresas u otras personas jurídicas hayan de intervenir como imputadas, precisamente por el auge de los canales internos de denuncias y por la creciente concienciación sobre cumplimiento legal de directivos y empleados será creciente la demanda de planes de Compliance penal”.