|
Leía recientemente un interesante
artículo
sobre
la
invención
de
un
algoritmo
capaz
de
predecir
el
éxito
de
una
startup.
Se
trata
de
la
consultora
norteamericana
Growth
Science,
que
ha
desarrollado
esta
formulación
capaz
de
procesar
mediante
complejos
modelos
matemáticos
las
innumerables
variables
que
afectan
a
una
empresa
de
reciente
creación
o
startup,
a la
hora
de
predecir
su
viabilidad,
permitiendo
además
corregir
las
disfunciones
a
las
que
pudiera
verse
sometido
su
modelo
de
negocio.
Coincidía el hecho con la
difusión
de
la
noticia
de
la
revocación
por
parte
de
la
Audiencia
Provincial
de
Sevilla
del
pronunciamiento
exculpatorio
del
delito
contra
la
seguridad
vial
en
su
modalidad
de
conducción
bajo
la
influencia
de
bebidas
alcohólicas
emitido
meses
atrás
por
el
Juzgado
número
6 de
lo
Penal,
de
Sevilla,
en
el
caso
Ortega
Cano,
por
el
accidente
de
tráfico
que
costó
la
vida
a
Carlos
Parra,
al
estimarse
por
dicho
Juzgado
la
exención
procesal
de
la
rotura
de
la
cadena
de
custodia
de
la
prueba.
Ha llovido mucho desde
que
Alonso
Church
diera
a
conocer
su
teoría
de
la
“calculabilidad
efectiva”
y su
modelo
“cálculo
Lambda”,
así
como
que
Alonzo
Turing
hiciese
también
lo
propio
con
su
teoría
de
“la
máquina
inteligente”
o
“máquina
de
Turing”,
para
encontrarse
ambos
con
Stephen
Kleene
a la
hora
de
afrontar
el
dilema
matemático
que
supone
el “entscheidungsproblem”,
también
conocido
como
“problema
de
decisión”.
A fecha de hoy hemos avanzado
enormemente
en
materia
de
sistemas
matemáticos
combinacionales,
como
son
los
algoritmos,
merced
en
gran
medida
al
apoyo
que
vienen
aportando
los
desarrollos
experimentados
en
la
computación
y el
potencial
de
cálculo
informático.
Por
ello
no
erraríamos
a la
hora
de
denominar
a
este
-en
la
que
de
pocos
años
a
esta
parte
nos
estamos
adentrando-
como
la
“Etapa
de
los
algoritmos”.
El peso del Big Data en
estos
desarrollos
ha
sido
y es
fundamental
a la
hora
de
procesar
ingentes
cantidades
de
datos
e
información,
y
extraer
conclusiones
que
permitan
tomar
decisiones
fundadas
en
la
seguridad
matemática
que
los
procesos
algorítmicos
son
capaces
de
inferir
(ver
artículo).
Algo
que
-también
ya
veíamos-
se
viene
haciendo
en
marketing
en
el
área
del
posicionamiento
SEO
(ver
artículo).
Es
por
todo
ello
que
todo
este
potencial
de
cálculo
destinado
a la
desambiguación
podría
ser
el
recurso
más
valioso
y
efectivo
para
acabar
con
los
males
que
aquejan
a
nuestro
actual
e
imperfecto
modelo
de
Justicia.
Me explico: encontrándonos
ya
iniciado
el
siglo
XXI
es
del
todo
inadmisible
el
nivel
de
inseguridad
jurídica
que
dimana
de
las
resoluciones
judiciales.
Y no
solo
me
refiero
al
amargo
sabor
de
boca
que
deja
conocer
los
pormenores
del
caso
de
Ortega
Cano
y su
inexplicable
sentencia
exculpatoria
vertida
en
primera
instancia.
Desgraciadamente nos hemos
acostumbrado
a
ver
como
normal
algo
tan
tremendamente
injusto
como
es
que
ante
casos
idénticos
o
similares
recaigan
pronunciamientos
judiciales
dispares.
Algo
que
podría
justificarse
en
tiempos
pretéritos
pero
en
modo
alguno
en
la
actualidad
con
el
presente
escenario
de
desarrollo
tecnológico.
Casi nadie discute la
baja
calidad
en
técnica
legislativa
de
la
que
adolecen
nuestras
normas
(como
botón
de
muestra
baste
leer
el
difuso
artículo
41
de
la
reciente
Ley
de
Emprendedores
para
hacerse
una
fiel
idea,
ver
artículo).
Como
también
ocurre
en
lo
que
respecta
al
nivel
de
formación
jurídica
y en
cultura
humanística
que
atesora
el
estamento
judicial,
siendo
francamente
mejorable.
Lo
cual
reafirma
la
tesis
de
la
falibilidad
humana
en
la
interpretación
y
aplicación
del
Derecho
(“non
erit
lex,
sed
interpretationis
lege
corruptio”)
por
la
presencia
activa
y
determinante
del
factor
humano
que
encarna
el
juzgador
con
su
amplio
margen
de
interpretar
y
aplicar
la
Ley
de
modo
personal,
a la
sazón
de
su
libre
–como
muchas
veces
temerario-
albedrío,
lo
que
deriva
en
una
fuente
de
incertidumbre,
riesgo
y
errores,
o,
cuanto
menos,
de
inestabilidad,
al
no
garantizarse
en
plenitud
las
fundadas
expectativas
en
Derecho
que
asisten
a
las
víctimas
y
resto
de
la
sociedad
en
general.
Es
decir,
el
juicio
humano
genera
inseguridad.
Dicho lo cual, querido
lector,
deténgase
un
momento
y
pregúntense
si
el
pronunciamiento
que
emitió
el
titular
del
Juzgado
número
6 de
Sevilla
hubiese
sido
o no
el
mismo
que
el
que
emitiese
el
titular
de
otro
Juzgado
de
España
(siempre
ante
un
caso
idéntico,
incluso
contando
con
las
habilidades
y
pericia
de
los
mismos
abogados).
O
también
-ya
puestos-
haga
otro
ejercicio
de
imaginación
y
cuestiónese
si
ese
pronunciamiento
del
meritado
Juzgado
sevillano
hubiese
sido
el
mismo
si
en
vez
de
tratarse
de
Ortega
Cano,
en
cambio,
hubiese
sido
imputado
un
ciudadano
anónimo.
Seguro
que
en
lo
que
respecta
a
sus
hipotéticas
respuestas,
le
asaltarán
dudas,
terribles
dudas.
Por ello, estimado lector,
-a
modo
de
provocatio
ad
dubium-
le
invito
a
meditar
sobre
el
dilema
de
si
en
verdad
no
estaríamos
ante
un
sistema
de
administración
de
Justicia
más
seguro
y
fiable
jurídicamente
si
en
la
fase
resolutiva
de
los
procesos,
los
fallos
y
pronunciamientos
judiciales
derivasen
como
resultado
de
la
aplicación
de
algoritmos
capaces
de
comprender
en
su
procesamiento
todas
las
variables
posibles
en
base
a lo
aportado
y
admitido
en
la
fase
de
instrucción
y
prueba,
erradicando
con
ello
la
ignorancia
y
limitaciones
de
la
mente
del
juzgador,
así
como
impidiendo
la
presencia
de
prejuicios,
interpretaciones
y
ponderaciones
afectivo-emocionales
u
otras
desviaciones
conscientes
o
inconscientes
del
juez,
que
desgraciadamente
le
alejan
del
esperado
sentido
del
fallo
que
conforme
a
Derecho
debiera
corresponder.
Sin
lugar
a
dudas
estaríamos
ante
otro
caso
de ““entscheidungsproblem”
o
problema
de
decisión,
¿no
cree?
Bueno, dicho queda. Llegado
a
este
punto
sólo
me
resta
despedirme
no
sin
antes
dejarle
un
regalo:
dos
versiones
de
una
divertida
canción
navideña
interpretada
por
dos
de
mis
cantantes
preferidos,
como
son
Bruce
Springteen
y
Sheryl
Crow,
ambos
-podrá
comprobar-
muy
bien
acompañados.
Sheryl
de
la
guitarra
de
Eric
Clapton
y
Bruce
del
–ni
más
ni
menos-
mismísimo
Santa.
En
efecto,
si
el
apóstol
Santiago
se
apareció
e
intervino
a
lomos
de
un
blanco
corcel
en
la
Batalla
de
Clavijo,
porqué
nos
hemos
de
extrañar
que
el
regordete
de
Santa
Claus
acompañe
al
“Boss”
cantando
este
villancico.
Ya
me
dirá
cuál
versión
le
gusta
más.
Ahí
le
endoso
todo
un “entscheidungsproblem”
;-)
Aquí vienen:
http://www.youtube.com/watch?v=wi9kvO2zL2E
y
http://www.youtube.com/watch?v=8dhaGcVNLqAA
Lo
dicho,
FELIZ
NAVIDAD.
“I
said,
merry,
merry,
merry,
merry
Christmas
baby” |