Navas & Cusí llevará los derivados financieros ante el Supremo

Publicado el viernes, 2 marzo 2018

Tribunal Supremo

El despacho de abogados Navas & Cusí llevará los derivados financieros antes el Supremo. Presentará recurso de revisión tras la sanción de la Comisión Nacional de la Competencia (CNMV) de 91 millones de euros al Santander, BBVA, Sabadell y la Caixa por concertación de precios. “Con esta sanción histórica Competencia concluye que se pactaban previamente los precios y que el cliente pagó precios superiores a los que habría pagado en condiciones de mercado competitivo”, recuerda Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí.

El experto explica que la Ley de Enjuiciamiento Civil permite a los perjudicados con sentencia firme presentar un recurso de revisión ante el Supremo “siempre y cuando la entidad bancaria hubiera ganado injustamente en virtud de cohecho, violencia o maquinación fraudulenta”.

Navas & Cusi

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El socio-director de navascusi.com explica que se trata de un “remedio extraordinario que habilita para superar los efectos de la cosa juzgada, siempre y cuando ocurriera alguno de los supuestos mencionados”.

El despacho entiende que la sanción de la CNMC acredita la maquinación fraudulenta. “Competencia concluye que engañaron al cliente haciéndole creer que el precio se establecía conforma a las condiciones de mercado”, explica Navas que recuerda que la sanción de la CNMC se basa en el incumplimiento del art. 1 de la Ley 15/2007 que prohíbe cualquier tipo de acuerdo, decisión o recomendación colectiva que pudiera afectar negativamente a la competencia “en todo o en pate del mercado nacional”.

La CNMC también sanciona por incumplimiento del art. 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que señala que serán incompatibles con el mercado interior cualquier acuerdo de empresas que pudieran afectar al comercio entre los Estados miembros “falseando la competencia dentro del mercado interior”.

Por eso Navas & Cusí presentará el recurso de revisión para sus clientes y “todas aquellas personas que desgraciadamente hubieran visto desestimado sus pretensiones en relación a la comercialización de derivados financieros”, explica el socio-director de navascusi.com.

El experto advierte que sólo podrán acceder aquellos cuya sentencia firme no supere los 5 años “desde la publicación de la sentencia”. Tampoco se podrá presentar el recurso de revisión pasados 3 meses desde el momento en que se descubrieran los hechos o documentos que evidencien la manipulación fraudulenta. “El informe de la Competencia está fechado el 13 de febrero, así que sólo tenemos una ventana hasta el 13 de mayo”, explica Navas. “Nuestra pretensión es hacer Justicia porque hay muchos clientes que se han visto arruinados y con serios problemas por una mala práctica que merece el reproche judicial”, concluye el socio-director de navascusi.com


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