Novedades en el régimen de la Ley Beckham

Publicado el viernes, 23 diciembre 2022

Silvia Espín, Gerente Área Fiscal de DS Durán-Sindreu.

Silvia Espín

El 1 de diciembre de 2022, el Congreso ha aprobado definitivamente la Ley de startups (pendiente de publicación en el Boletín Oficial del Estado -BOE-), la cual introduce cambios significativos en el esquema de la Ley Beckham.​

Hasta ahora, la Ley Beckham suponía una ventaja fiscal en IRPF que permitía a ciertos trabajadores desplazados a España (ya no aplicable a deportistas) optar por tributar como No Residentes, aplicando unos tipos de gravamen inferiores a los del IRPF (24% hasta 600.000 euros).​

Con la aprobación de la Ley de startups se busca reducir los requisitos exigidos y ampliar su aplicación a más contribuyentes. ​

Los cambios más relevantes son los siguientes:​

  1. Años de residencia fuera España:Solo se requieren 5 años como no residente en España para calificar para la Ley Beckham (hasta ahora eran 10 años).​
  2. Aplicación a familiares: Extensión de los beneficios de la Ley Beckham bajo ciertas condiciones a los miembros de la familia que se muden a España con el solicitante (por ejemplo, cónyuge e hijos menores de 25 años).​
  3. Profesionales altamente cualificados:El régimen también resultará aplicable a profesionales altamente cualificados que se desplacen a España para llevar a cabo actividades empresariales consistentes en la prestación de servicios a empresas emergentes o actividades de formación e I+D+i. ​
  4. Teletrabajo:Los empleados que trabajan de forma remota desde España para un empleador extranjero (Nómadas Digitales) también calificarán para este régimen cuando su trabajo se realice exclusivamente mediante el uso de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.​
  5. Limitación participación: La limitación del 25% de la propiedad de los administradores ha desaparecido para las empresas activas. La limitación se mantendrá para las empresas patrimoniales.​
  6. Plazos: Se ha introducido cierta flexibilidad para el período comprendido entre el desplazamiento a España y el inicio del trabajo.​

 

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