Arriaga Asociados interpone una querella por delito continuado de prevaricación contra magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona por su negativa a reconocer los derechos europeos de los consumidores afectados por IRPH

Publicado el lunes, 4 diciembre 2023

Audiencia Provincial Barcelona

Arriaga Asociados ha interpuesto una querella por delito continuado de prevaricación contra tres magistrados de la Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Barcelona (AP), acusándolos de emitir resoluciones injustas de manera consciente, contraviniendo la ley y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Estos jueces se han negado a reconocer los derechos europeos de los afectados por el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), a pesar de la Sentencia del TJUE del 13 de julio de 2023.

Dicha sentencia establece que los jueces españoles deben verificar si los clientes con cláusula IRPH fueron informados adecuadamente de la Circular 5/1994 del Banco de España, que recomendaba aplicar un diferencial negativo para equiparar el índice al precio de mercado. La falta de dicha información convierte la cláusula en abusiva y, por ende, nula. La carga de probar este hecho recae en el banco, y la falta de dicha información se considera abusiva, ya que forma parte de una labor de «investigación jurídica» que «no podía exigírsele razonablemente a un consumidor medio» (STJUE 13 de julio, párrafo 60, página 15).

A pesar de ello, algunos jueces han rechazado aplicar esta jurisprudencia, argumentando desacuerdo, falta de vinculación o actuando como si no existiera. Este es el caso de los jueces de las Secciones 13ª y 14ª de la AP de Barcelona, ambas objeto de querellas anteriores presentadas por Arriaga por presuntos delitos de prevaricación. Asimismo, la Sección 11ª objeto de esta querella ha emitido resoluciones continuadas que contradicen el criterio establecido por el TJUE.

Los magistrados de la Sección 11ª han desestimado de forma continua demandas de consumidores que buscaban la nulidad de la cláusula IRPH y la restitución de cantidades abonadas en exceso por sus hipotecas, las cuales oscilan entre 30.000 y 40.000 euros. Esta actitud ha llevado a ignorar los derechos de los demandantes, quienes se sienten defraudados por las entidades bancarias, y a desoír el mandato de la justicia europea que insta a examinar y estudiar sus casos de manera diligente.

Los magistrados de la Sección 11ª de la AP de Barcelona han pasado por alto este requisito del TJUE, validando la introducción del índice IRPH en una cláusula del contrato de préstamo hipotecario. Argumentan que el índice es legal porque está aprobado por la Administración, que el cliente conocía su funcionamiento por estar publicado en el BOE y que no se ha demostrado su manipulación. Ignoran la importancia del conocimiento de la Circular 5/1994 del Banco de España para que el cliente comprenda la carga económica de su préstamo, dando por sentado que el consumidor puede acceder diariamente al BOE para buscar Circulares sobre índices bancarios, como si debiera ser un investigador jurídico-financiero. Es difícil imaginar que un consumidor, al percatarse del exceso de dinero que tenía que pagar por un IRPH con un diferencial positivo en lugar de negativo, lo hubiera aceptado.

La prevaricación es un delito tipificado en los artículos 446 y siguientes del Código Penal y conlleva penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un periodo de 9 a 15 años. Esta conducta grave atenta contra el principio de seguridad jurídica y genera desconfianza en el sistema judicial.

Arriaga Asociados espera que la querella prospere y que se diluciden las responsabilidades penales de los magistrados querellados, confiando en que la justicia respete y aplique la jurisprudencia del TJUE, garantizando así los derechos de todos los ciudadanos europeos por igual.

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