7 consideraciones sobre las participaciones de la Lotería de Navidad

Publicado el jueves, 21 diciembre 2023

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Una vía más económica para jugar en la Lotería de Navidad por menos dinero es hacerlo a través de las participaciones. Cada vez son más las asociaciones, colegios y clubes deportivos que deciden realizarlas y repartirlas o venderlas entre sus allegados. De esta manera, el importe de un mismo décimo se divide entre más compradores. Como cabe esperar, si el boleto resulta premiado, la cantidad ganada también será proporcionalmente menor.

Pero, ¿qué implicaciones tiene comprar la conocida papeleta de Navidad? Si toca el próximo 22 de diciembre, ¿dónde se cobra el premio? reclamador.es da las claves a continuación:

  1. Las participaciones de lotería de Navidad son boletos no reglamentarios

Las participaciones son boletos no reglamentarios de lotería. Esto significa que no están emitidas por Loterías y Apuestas del Estado.

  1. Valor de las participaciones de lotería

Las conocidas papeletas reparten el valor de un décimo. Por esto, su precio es menor, pues se trata de una parte de ese boleto de lotería.

  1. Quién cobra la papeleta premiada

Si el número de la papeleta coincide con uno de los números agraciados en el sorteo, tanto si se trata de una pedrea (lo jugado), como el Gordo, el premio debe ser cobrado por el gestor que emitió las papeletas y repartirlo posteriormente entre los agraciados.

En el caso de premios compartidos, la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, establece que “quien proceda al reparto del mismo que  figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación”.

  1. Precio final de la participación

Las participaciones de lotería deben incluir el sorteo y la fecha, el número jugado, el importe jugado para ese sorteo y el precio final de la papeleta. Esto es así porque, habitualmente, las papeletas tienen un donativo. Por ejemplo, la papeleta cuesta 5€ pero se juegan 4€. Se debe especificar esto en la participación, informando que el precio es 5€ porque 1€ es de donativo para la asociación que emite ese boleto.

  1. Las participaciones de lotería deben incluir los datos del emisor de la papeleta

Además de lo anterior, es muy importante que en las participaciones de lotería incluyan los datos (razón social, dirección postal, etcétera).

Es el organizador quien asume la obligación de pago y contra quien se debería dirigir la futura reclamación del dinero ganado si este no se llegara a cobrar. Según la Ley 16/2012, “la SELAE (Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado) deberá proceder a identificar a los ganadores de los premios sometidos a gravamen, independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades”.

  1. Fraudes: emisión de más papeletas de las correspondientes al número jugado

Uno de los fraudes más conocidos entre aquellos que emiten participaciones de lotería es la venta de más papeletas a las correspondientes a un número. Si el número resulta premiado y se han emitido más papeletas de las debidas, el organizador deberá asumir el pago de todos los premios. Si no lo hiciera, habría cometido un delito de estafa.

  1. Tributación de los premios

Lo primero que debes saber si juegas un décimo de lotería o papeleta es que la cantidad exenta de declarar a Hacienda es de 40.000€. Esto quiere decir que cualquier premio del próximo sorteo de la Lotería de Navidad 2023 por debajo de este importe se cobrará íntegramente. Así, por ejemplo, la típica “pedrea” con la que se gana 100€ al décimo, se cobra en su totalidad.

Todos los premios, salvo el Gordo, el Segundo y el Tercer premio de este sorteo estarán exentos de declarar, pues únicamente estos tres superan los 40.000€ al décimo.

 

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