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Miguel Recio - Protección de Datos … sin fronteras - BLOGS de LP emprende

 

Protección de Datos … sin fronteras

Miguel Recio - @MRecioCloud

MADRID, 19 de FEBRERO de 2016

 

Plan de Acción del GT 29 para implementar el Reglamento General de Protección de Datos

Mientras que el ya aprobado, pero todavía futuro, Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es objeto de algunos “retoques”, o al menos intentos de, por las delegaciones nacionales y otras partes en el seno del Consejo de la Unión Europea, el Grupo de trabajo del artículo 29 (GT 29) ha publicado su plan de acción para la implementación de aquél de manera efectiva durante el primer semestre de 2018.

En concreto, el GT 29 espera desarrollar su plan de acción durante 2016, lo que supone que en los próximos meses debamos ver cómo se publican guías, herramientas y otros instrumentos en relación con diversas cuestiones novedosas previstas en el RGPD. Además, el plan de acción podría ser revisado y, en su caso, completado en 2017.

Algunas de estas novedades, según se indica en la declaración del GT 29 sobre el plan de acción, son establecer la estructura administrativa del conocido como European Data Protection Board (EDPB), que a falta de traducción al castellano puede denominarse como Junta Europea de Protección de Datos; la ventanilla única (en inglés, one stop shop) y el mecanismo de consistencia; guías para responsables y encargados del tratamiento así como un plan de comunicación en relación con el propio RGPD.

Sin perjuicio de la importancia de poder contar con instrumentos que permitan conocer qué criterios se seguirán, por ejemplo, para designar a la autoridad de protección de datos líder en el caso de la ventanilla única, puede ser muy positivo contar con guías para responsables y encargados del tratamiento ya que ello puede aportar un alto nivel de seguridad jurídica para quienes tratan datos personales lo que, sin duda, servirá para poder conseguir una protección efectiva del titular de los datos personales.

Las cuatro materias anunciadas que serán objeto de guías y recomendaciones tienen una especial relevancia dadas sus implicaciones en la práctica. Es así que habrá que ver qué implicaciones tiene el nuevo derecho a la portabilidad y, sobre todo, cómo se materializa y hace efectivo en la práctica, siendo además un derecho que tiene su origen en cuestiones de Derecho de la competencia, más que en protección de datos personales. En cuanto a la noción de riesgo elevado y la evaluación del impacto sobre la protección de datos, es una cuestión que podrá seguirse también considerando la Guía publicada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en 2014.

Las certificaciones son otra de las cuestiones a las que se atenderá, siendo deseable que se expliquen con un lenguaje sencillo y práctico, poniendo también la atención en la robustez y confiabilidad de certificaciones emitidas por terceros independientes de reconocido prestigio.

Y la cuarta, quizás una de las cuestiones más relevantes, pero que, incomprensiblemente, ha sido en cierta medida tratada con indiferencia, es la relativa al delegado de protección de datos (en inglés, Data Protection Officer). Esta figura, que en la práctica puede ser considerada también como la conciencia de la organización, pública o privada, en materia de protección de datos, será una de las claves de la evolución futura de la protección de datos. Es así que el hecho de poder contar con una guía, además de ser ya parte del Plan Estratégico de la AEPD, debe ser para nuestro país una oportunidad de impulso y profesionalización de dicha figura.

Ojalá que este plan de acción de la también futura Junta Europea de Protección de Datos, en la que se integrará el GT 29, sea exitoso y sirva para conseguir el objetivo de un alto nivel de protección de datos en la Unión Europea, además de que pueda ser un referente para otros países y regiones alrededor del mundo.


 
 

 

 

 



 

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Protección de Datos … sin fronteras

Miguel Recio - @MRecioCloud

Miguel Recio

Miguel Recio es abogado y Máster en Derecho de la Propiedad Intelectual por The George Washington University Law School. Inicialmente, a Miguel le llamaba la atención el mundo de la informática, pero finalmente el destino quiso que comenzara la Licenciatura en Derecho, precisamente el mismo año en el que se publicó la Directiva 95/46/CE (Directiva europea sobre protección de datos). Tras licenciarse en Derecho y guiándose por su pasión, Miguel inició su carrera profesional como abogado, enfocándose en el mundo del Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), lo que supuso que su perfil se fuera desarrollando con un marcado carácter de consultor que ayuda a empresas y Administraciones Públicas a entender y aplicar el significado de las normas que regulan el uso de las TIC así como garantizar el cumplimiento normativo. Posteriormente, Miguel decidió continuar sus estudios en Estados Unidos, donde además trabajó durante varios años como asesor legal para Latinoamérica en una entidad dedicada a luchar contra la piratería del software a nivel mundial. La aventura permitió a Miguel obtener una sólida base de conocimientos teóricos y prácticos con una visión internacional que es necesaria para dar respuesta a los retos que plantean las TIC, así como otras cuestiones relacionadas con el marco regulatorio. Actualmente, Miguel trabaja en Madrid como abogado y consultor en Derecho de las TIC, donde tiene su propia empresa de consultoría. Además es autor de diversas obras sobre Derecho de las TIC en España y México. En definitiva, un especialista en protección de datos personales con amplios conocimientos en la materia, que espera poder transmitir a través de este blog. Si lo desea, puede contactar con Miguel Recio a través de: miguelrecio@miguelrecio.com


BREVE DESCRIPCIÓN DEL BLOG
El blog, que tiene una periodicidad quincenal, busca prestar atención al desarrollo de la protección de datos personales tanto a nivel nacional e internacional, centrándose en cuestiones de máximo interés. Además, pretende ser también un espacio de referencia que permita a sus seguidores aclarar conceptos y obtener información que les permita desarrollar su propia opinión sobre cuestiones de actualidad, que día a día inciden en la evolución del concepto de protección de datos y, en su caso, su interrelación con el de privacidad.

 


 



 

 
 

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