El fin de la moratoria concursal traerá consigo un récord histórico de concursos de acreedores según RZS Abogados

Publicado el viernes, 24 junio 2022

El próximo 30 de junio finaliza el plazo límite fijado por el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogaron determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación a consecuencia del COVID. Este hecho hace prever un aluvión de solicitudes de concursos de acreedores por parte de miles de empresas españolas.

RZS Abogados ha realizado un análisis de las estadísticas concursales publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE) hasta el año 2020, y por el Registro Mercantil desde primer trimestre del año 2021 para determinar las previsiones que se esperan en los próximos meses:

Desde un punto de vista general:

  • Los concursos de acreedores previos a la crisis inmobiliaria (hasta el 2009) presentaban cifras anuales promedio de 2.000 concursos.
  • Durante la crisis (2009-2013), los concursos de media cuadruplicaron su número, alcanzando el máximo histórico el año 2013 con casi 10.000 concursos.
  • Entre 2014 y 2018 los procedimientos concursales se estabilizaron con una media de 6.000 concursos.
  • En 2019 se produjo una senda ascendente (aprox. 8.000) y en 2020, pese a las moratorias vigentes desde el Estado de Alarma, ya nos dejó una cifra preocupante (aprox. 9.000) muy similar al récord de 2013.
  • Durante el año 2021 los concursos de acreedores sufrieron un leve aumento respecto al año 2020, cifrándose en algo menos de 10.000.

Concursos totales

Desde un punto de vista de tipo de concurso:

  • Los concursos son en un 95% voluntarios, alcanzando los necesarios entre el 5 y el 7%, únicamente. Desde el 2018 ha venido tomando importancia, dentro de los concursos voluntarios, los consecutivos de persona física, popularmente conocidos como “segunda oportunidad”, siendo que en 2021 estos concursos comportan la mitad de todos los concursos voluntarios declarados.

tipo de concursos

Teniendo en cuenta un punto de vista geográfico por Comunidades Autónomas:

  • Las comunidades autónomas más afectadas son: Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía, coincidiendo con las comunidades con mayor población y tejido empresarial. Sorprende que las comunidades del norte cuentan con una tasa muy reducida de concursos, resaltando que el País Vasco, pese a que su tejido empresarial es también un motor del país, apenas cuenta con empresas inmersas en situación de insolvencia.
  • Cataluña supone un 32% de los concursos (de los cuales el 75% se dan en Barcelona), Madrid supone un 14%, Valencia otro 14% (de los cuales el 66% se dan en la capital), Andalucía un 8%, distribuido entre Sevilla (35%) y Málaga (18%), el País Vasco únicamente supone el 3% de toda España.

Afectación concursal por Actividad económica:

  • Entre los años 2004/2008 el sector más afectado era la Industria, suponiendo un 40%, y quedando el resto repartido igualitariamente entre los otros sectores (comercio, automóvil, hostelería, actividades profesionales, resto de servicios…).
  • Entre los años 2008/2015 el sector industrial sigue manteniendo un 30% del tejido empresarial español en situación de insolvencia, pero la construcción acapara otro 35-40%, repartiéndose el 20% restante entre el resto de los sectores.
  • De 2015 en adelante, los concursos de empresas de industria y construcción pierden peso y descienden al 12% cada una, cogiendo el testigo empresas de hostelería y automóviles, que incrementan los concursos también hasta el 12%, de modo que esos cuatro sectores acaparan el 50/60% de las empresas en situación de concurso de acreedores.
  • Todo parece apuntar a que tanto la hostelería y el comercio (sector terciario), sin duda el más castigado por la pandemia, siga incrementándose y alcancen el 40/50% de las empresas en situación de concurso.

Concursos por actividad

Concursos por edad de la empresa:

  • Las empresas entre 0 y 4 años suponen un 25% y las empresas entre 4 y 8 años otro 25%, es decir el 50% de las empresas incurre en insolvencia los 8 primeros años de vida.
  • Superados esos 8 años, el riesgo de concurso prácticamente desaparece, ascendiendo de nuevo superados los 20 años al 25%.

Concursos por tipo de empresario:

  • El 70% de las empresas en concurso son sociedades limitadas, estando repartido el 30% restante a partes iguales entre sociedades anónimas y empresarios personas físicas. Como ya indicamos anteriormente, el auge de la segunda oportunidad ha venido aparejando un aumento muy acusado de los concursos de persona física desde el año 2019, y no es previsible que las cifras desciendan sino al contrario.

CONCLUSIONES:

En los próximos días se producirán acontecimientos relevantes que serán determinantes para la futura situación de muchas empresas, entre ellos:

  • El fin de la moratoria concursal que, salvo sorpresas, tendrá lugar el próximo 30 de junio.
  • La finalización de algunas de las medidas más importantes que se adoptaron durante la pandemia para ayudar a las empresas a superar el impacto económico de esta, esto es:
    • Fin del plazo de carencia de dos años de los créditos ICO concedidos entre marzo y junio de 2020.
    • El vencimiento de los expedientes de regulación temporal de empleo extraordinarios por la pandemia de la COVID-19.
  • La coincidencia con la actual situación de aumento de costes y suministros (alza de precios energías, materias primas, guerra de Ucrania, crisis con Argelia).

Esta situación nos lleva a considerar que el próximo panorama concursal puede moverse dentro de las siguientes previsiones:

  • Es muy probable que el año 2022 pueda ser recordado como el año en el que España superará la cifra récord de los 10.000 concursos de acreedores (quintuplicando los concursos anteriores a la crisis inmobiliaria).
  • Durante la segunda mitad del 2022, salvo que se adopten medidas de índole económico y financiero que permitan contener este ascenso, se prevé un desmesurado aumento en las solicitudes de concursos (voluntario y consecutivo), donde los concursos de persona física “segunda oportunidad” serán más de la mitad del total.
  • Estimamos que el 2023 puede ser el año en el que los concursos de acreedores se situarán en el podio de procedimientos judiciales a abordar por nuestros Juzgados. Para el año 2023, sin normas de equilibrio que disminuyan el impacto de la finalización de las medidas de toda índole adoptadas para aminorar el impacto de la COVID junto con la situación económica actual, prevemos un aumento de en torno a un 30% de concursos de acreedores respecto a las cifras prepandemia, situándonos sobre los 13.000.
  • Especial protagonismo de los concursos consecutivos de personas físicas conocidos como “Ley de segunda oportunidad o segunda oportunidad”, que han duplicado su cifra desde el año 2018 hasta el 2020. Tan acusado ha sido el crecimiento que, durante el 2021, el 49,85% de los concursos declarados fueron de persona física “segunda oportunidad”, casi la mitad de los concursos declarados durante el año 2021 (9.748), con un total de 4.860. La moratoria aún vigente y el auge de la Ley de Segunda Oportunidad hace prever que la segunda mitad de 2022 y el año 2023 los concursos de personas físicas sufran un aumento desmesurado.

En declaraciones de Javier Romero, socio director de RZS Abogados: “El escenario anterior nos hace pensar que a partir del próximo 1 de julio se producirá una avalancha de solicitudes de declaraciones de concursos en los términos antes indicados, y ello pese a que el Gobierno tiene intención de aprobar la reforma concursal mediante la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, que a su vez modifica la Directiva de la Unión Europea 2017/1132.

Con ella se pretende no tener que prorrogar la moratoria concursal y medidas económicas adoptadas para la superación del COVID y evitar la temida “avalancha” de procedimientos concursales prevista, al ser una reforma mediante la que se pretenden introducir una serie de novedades y procedimientos que, en la coyuntura económica actual, podrían facilitar la recuperación real de muchas empresas y autónomos”.

En declaraciones de Natalia Álvarez, socio de RZS Abogados: “En esta reforma está prevista además la introducción de nuevos instrumentos y figuras dirigidos a evitar o superar la insolvencia, y en caso de ser declarada, superarla de una forma más rápida y eficiente. Sin embargo, la esperada trasformación del Texto Refundido de la Ley Concursal sigue su trámite parlamentario –esperemos que por poco tiempo– y aunque augura importantes novedades sobre el texto concursal sin apenas cumplir su primer aniversario, se atisba una tormenta perfecta que habría podido ser evitada y que deja la incertidumbre, cómo no, en manos de los profesionales y los Tribunales de Justicia”.

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